Por el cual se reajustan los valores absolutos expresados en moneda nacional en las normas relativas a los impuestos sobre la renta y complementarios y sobre las ventas para el año gravable de 1989 y se dictan otras disposiciones
Tabla del impuesto sobre las ventas ,para los responsables del régimen simplificado.
DECRETO 3541 DE 1983
Artículo 37. Las cuotas fijas computables para la determinación del impuesto de los responsables que se encuentren dentro del régimen simplificado son las contenidas en la siguiente tabla:
INGRESOS NETOS DEL AÑO 1988 PROVENIENTES DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL
INTERVALOS
| PRIMERA COLUMNA $ | PRIMERA COLUMNA $ | PRIMERA COLUMNA $ | SEGUNDA COLUMNA $ | SEGUNDA COLUMNA $ | CUOTA FIJA ANUAL PARA 1989 |
|---|---|---|---|---|---|
| Entre | 0 | y | y | 540.000 | 0 |
| entre | 540.001 | y | y | 800.000 | 54.000 |
| entre | 800.001 | y | y | 1.100.000 | 76.000 |
| entre | 1.100.001 | y | y | 1.300.000 | 96.000 |
| entre | 1.300.001 | y | y | 1.600.000 | 116.000 |
| entre | 1.600.001 | y | y | 1.900.000 | 140.000 |
| entre | 1.900.001 | y | y | 2.100.000 | 160.000 |
| entre | 2.100.001 | y | y | 2.400.000 | 180.000 |
| entre | 2.400.001 | y | y | 2.700.000 | 204.000 |
| entre | 2.700.001 | y | y | 2.900.000 | 224.000 |
| entre | 2.900.001 | y | y | 3.200.000 | 244.000 |
| entre | 3.200.001 | y | y | 3.500.000 | 268.000 |
| entre | 3.500.00. | y | y | 3.700.000 | 288.000 |
| entre | 3.700.0O1 | y | y | 4.000.000 | 308.000 |
| entre | 4.000.001 | y | y | 4.300.000 | 332.000 |
| entre | 4.300.O01 | y | y | 4.500.000 | 352.00O |
| entre | 4.500.001 | y | y | 4.800.000 | 372.000 |
| entre | 4.800.001 | y | y | 5.100.000 | 396.000 |
| entre | 5.100.001 | y | y | 5.400.000 | 420.000 |
| entre | 5.400.001 | y | y | 5.600.000 | 440.000 |
| entre | 5.600.001 | y | y | 5.900.000 | 460.000 |
| entre | 5.900.001 | y | y | 6.200.000 | 484.000 |
| entre | 6.200.001 | y | y | 6.400.000 | 504.000 |
| entre | 6.400.001 | y | y | 6.700.000 | 524.000 |
| entre | 6.700.001 | y | y | 7.000.000 | 548.000 |
| entre | 7.000.001 | y | y | 7.200.000 | 568.000 |
| entre | 7.200.001 | y | y | 7.500.000 | 588.000 |
| entre | 7.500.001 | y | y | 7.800.000 | 612.000 |
| entre | 7.800.001 | y | y | 8.000.000 | 632.000 |
| entre | 8.000.001 | y | y | 8.300.000 | 652.000 |
| entre | 8.300.001 | y | y | 8.600.000 | 676.000 |
| entre | 8.600.001 | y | y | 8.800.000 | 696.000 |
| entre | 8.800.001 | y | y | 9.100.000 | 716.000 |
| entre | 9.100.001 | y | y | 9.400.000 | 740.000 |
| entre | 9.400.001 | y | y | 9.000.000 | 760.000 |
IV
| Otros valores absolutos reajustados para el año gravable de 1989. | Otros valores absolutos reajustados para el año gravable de 1989. | Otros valores absolutos reajustados para el año gravable de 1989. | Otros valores absolutos reajustados para el año gravable de 1989. |
|---|---|---|---|
| NORMA | NORMA | NORMA | NORMA |
| VALOR BASE | AÑO BASE | VALOR 1989 | |
| DECRETO 2053 DE 1974 Artículo 95. Descuento por donaciones requisitos: Numeral 3. Manejar en cuenta corriente ingresos y gastos mayores de... Artículo 98. Descuento por reforestación: Inversión máxima por cada árbol....................................... DECRETO 2595 DE 1979 Artículo 28. Anticipo sobre impuestos de ganancias ocasionales: Inciso 1. Por concepto de asignaciones en dinero por causa de muerte para legitimarios y cónyuges, 5% sobre el valor que exceda de......... LEY 9a DE 1983 Artículo 90. Suspensión facultad Contador o Revisor Fiscal para firmar declaraciones o certificar estados financieros: Cuando la providencia que agota la vía gubernativa determina un mayor valor por impuesto del 20% o más, en relación con el impuesto determinado en la liquidación privada, sin que en ningún caso sea inferior a............................................................ y dicho valor se origine en inexactitud de los datos contables consignados en la declaración tributaria. LEY 32 DE 1983 Artículo 2º Exención de impuestos a inversionistas: Inciso 1. Exenta la inversión totalmente nueva en empresas dedicadas exclusivamente a la industria editorial hasta.......................................... Inciso 2. Exentos los dividendos, participaciones o utilidades de personas hasta por................................................... Artículo 3° Exención de impuestos a autores: Inciso 1. Exentos los ingresos por concepto de derechos de autor que reciban los autores nacionales por libros editados en Colombia, por cada título y por cada año en cuantía de.............................. Inciso 3. Exentos los pagos de regalías y anticipos por derechos de autor hechos por editores colombianos a titulares residentes en el extranjero hasta por.................................................. DECRETO 2715 DE 1983 Artículo 1° Cuantías no sometidas a retención: Inciso 1. A partir de la vigencia del presente Decreto no habrá retención en la fuente por pagos o abonos en cuenta por intereses en cuentas de ahorro UPAC cuando el interés diario sea inferior a........ Inciso 2. A partir de la vigencia del presente Decreto no habrá retención por pagos o abonos por intereses en cuentas de ahorro diferentes de UPAC, en establecimientos vigilados por la Superintendencia Bancaria, cuando el interés diario sea inferior a.... DECRETO 2775 DE 1983 Artículo 2° No habrá retención en la fuente en pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses provenientes de valores de cesión de títulos de capitalización o de beneficios o participación de utilidades en seguros de vida cuando el pago o abono corresponda a un interés diario inferior a............................................. Artículo 6º No se efectuará retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de "servicios" cuya cuantía sea inferior a..................................................................... DECRETO 3541 DE 1983 Artículo 29. Cuando los valores objeto de reintegro no se cancelen dentro del mes siguiente a su imposición, se aplicará arresto a razón de un día por cada.................................................... Artículo 35. Los valores de ingresos netos provenientes de la actividad comercial del ano 1988 y patrimonio bruto fiscal a 31 de diciembre del mismo año, que se tendrán en cuenta a partir de 1989 para ubicarse dentro del régimen simplificado, serán: Ingresos netos....................................................... Patrimonio bruto fiscal............................................. Artículo 37. Parágrafo 2° Cuando los ingresos netos provenientes de la actividad comercial durante 1989 sean superiores a............................. Los responsables del régimen simplificado determinaran el impuesto en la forma y condiciones establecidas para los responsables del régimen común. Artículo 55. Sanciones: Cuando la inexactitud se refiera al nombre o razón social, o al número de identificación tributaria, la multa se graduará según la capacidad económica del responsable, sin que en ningún caso sea inferior a...... ni superior a......................................................... Cuando la multa no se cancele dentro del mes siguiente a su imposición, será convertible en arresto a razón de un día por cada.... DECRETO 353 DE 1984 Artículo 11. Inciso 3. En el caso de industrias extractivas de recursos naturales no renovables, la etapa de ensayos y puesta en marcha será máximo de 48 meses, cuando el valor total de la inversión a la terminación de la etapa de construcción, instalación y montaje sea superior a........... DECRETO 1512 DE 1985 Artículo 5° Literal m). Se exceptúan de la retención prevista en este artículo los pagos o abonos en cuenta que tengan una cuantía inferior a.................... LEY 075 DE 1986 Artículo 7º Parágrafo 1º Retención sobre cesantías e intereses sobre cesantías, cuando el ingreso mensual promedio del trabajador exceda de........... Artículo 35. Están gravados con el impuesto sobre la renta y complementarios la totalidad de los pagos o abonos en cuenta provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria, con excepción de: Numeral 4. El auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías, siempre y cuando sean recibidos por trabajadores cuyo ingreso mensual promedio en los seis últimos meses de vinculación laboral no exceda de Si excede de este valor la parte no gravada se determina así; Salario mensual promedio Entre $ 550.001 y $ 650.000 Entre $ 650.001 y $ 740.000 Entre $ 740.001 y $ 830.000 Entre $ 830.001 y $ 920.000 Entre $ 920.001 y $1.000.000 De $1.000.001 en adelante Numeral 5. Están exentos los ingresos recibidos por concepto de pensiones de jubilación, vejez o invalidez, hasta..................... Mensuales Cuando los ingresos correspondan a pactos únicos por concepto de futuras pensiones de jubilación estaría exento el valor presente de los pagos mensuales hasta............................................. Artículo 82. Exención para asignación por causa de muerte y porción conyugal. Sin perjuicio del primer.............................................. gravado con tarifa del 0% está exento el primer....................... del valor de las asignaciones por causa de muerte o porción conyugal que reciban los legitimarios o el cónyuge, según el caso. Cuando se trate de herencias o legados recibidos por no legitimarios estará exento el 20% del valor recibido sin exceder de................ DECRETO 2503 DE 1987 Artículo 2º No deben presentar declaración de rentas las personas naturales y sucesiones ilíquidas que hayan obtenido ingresos brutos inferiores a.......................................................... y que el patrimonio bruto sea inferior a.............................. Artículo 3º Requisitos de los asalariados no declarantes - Que el patrimonio bruto no exceda de................................ - Que no haya recibido ingresos superiores a.......................... Artículos 4º, 5º, 6º, 7º y 9º Obligación de presentar las declaraciones tributarias firmadas por contador público cuando los ingresos brutos o el patrimonio bruto excedan de............................................................ Artículo 17. Obligación de suministrar información. a) Cuando las consignaciones bancarias y demás operaciones excedan de. b) Cuando las adquisiciones con tarjeta de crédito excedan de......... c) Cuando las ventas efectuadas con tarjeta de crédito excedan de..... Artículo 18. Información de notarios, cuando la cuantía de la enajenación sea superior a............................................ Artículo 20. Los comisionistas de bolsa, cuando la enajenación o adquisición de acciones y demás papeles excedan de.................... Artículo 21. Información que debe suministrarse cuando haya solicitud expresa de la Dirección de Impuestos. Literal e) Beneficiarios de pagos o abonos, cuando el valor acumulado exceda de............................................................. Literal f) Identificación de quienes se recibieron ingresos cuando el valor individual del ingreso exceda de................................ Literal j) Descripción de activos fijos adquiridos en el año cuyo costo fiscal exceda de................................................ Parágrafo 21 La información debe suministrarse en medios magnéticos, si el patrimonio bruto es superior a.................................. o los ingresos brutos excedan de...................................... Artículo 23. El comprobante interno en el cual se registren global o individualmente las operaciones diarias, reemplaza la factura, si además de cumplir los demás requisitos exigidos los ingresos netos de la actividad comercial no excedan de.................................. Que su patrimonio bruto en el año anterior, no exceda de - Quienes sin ser comerciantes enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera deben expedir factura o documento equivalente cuando la cuantía de la operación sea superior a.......... Artículo 35. Sanción por inscripción extemporánea en el Registro Nacional de Vendedores por cada año o fracción........................ Si es de régimen simplificado......................................... Artículo 60. Sanción por falta de inscripción en el Registro Nacional de Vendedores, por cada año o fracción................................ Si es de régimen simplificado......................................... Artículo 64. Valor máximo de la sanción por libros de contabilidad Artículo 65. Sanción máxima por expedir facturas sin requisitos....... Artículo 72. Valor mínimo de cualquier sanción........................ Artículo 86. Se pueden aceptar garantías personales, en el acuerdo de pago cuando la deuda no sea superior a................................ Artículo 120. Los funcionarios ante quienes se adelante o tramiten sucesiones deben informar a la Oficina de Cobranzas, cuando el avalúo o valor de los bienes exceda de....................................... Artículo 128. Sanciones a bancos y demás entidades autorizadas para recaudar impuestos del numeral 1) hasta.................................................. del numeral 2) hasta.................................................. del numeral 3) hasta.................................................. Artículo 129. Otras sanciones a entidades autorizadas para recaudar impuestos del numeral 1) hasta.................................................. del numeral 2) hasta del numeral 3) hasta Artículo 130. Sanción cuando la información que deban entregar las entidades autorizadas para recaudar impuestos sea extemporánea, hasta. DECRETO 2512 DE 1987 Artículo 3° Los primeros.............................................. de las contribuciones de la empresa que anualmente se abonen al trabajador en un Fondo Mutuo de Inversión no constituye renta ni ganancia ocasional. Las contribuciones de la empresa que se abonen al trabajador en la parte que excedan de los primeros..................................... serán ingreso constitutivo de renta, sometido a retención en la fuente por el Fondo, la cual se hará la tarifa aplicable para los rendimientos financieros. DECRETO 198 DE 1988 Artículo 2º A opción del agente retenedor, no será obligatorio efectuar retención en la fuente sobre pagos o abonos en cuenta inferiores a.......................................................... cuando estos se originen en la adquisición de bienes o productos agrícolas, sin procesamiento industrial. Artículo 3º No están sometidos a retención en la fuente los pagos o abonos en cuenta que efectúen los fondos mutuos de inversión a sus suscriptores cuando el valor acumulado de los pagos o abonos en cuenta efectuados en el respectivo mes, por concepto de rendimientos financieros, sea inferior a........................................... DECRETO 1189 DE 1988 Artículo 13. En el caso de pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, efectuados por entidades sometidas al control y vigencia del Departamento Administrativo de Cooperativas no se hará retenci6n en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que correspondan a un interés diario inferior a............................................. Cuando los intereses correspondan a un interés diario de.............. o más, para efectos de la retención en la fuente se considerará el valor total del pago o abono en cuenta. Artículo 15. La retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de rifas, apuestas y similares, se efectuará cuando el valor del correspondiente pago o abono en cuenta sea superior a............................................................ | 1.000 3 500.000 300.000 30.000.000 300.000 300.000 300.000 7 27 17 2.0000 500 3.600.000 10.000.000 3.600.000 2.000 100.000 500 1.500.000.000 20.000 300.000 300.000 170.000 170.000 1.000.000 1.000.000 1.000.000 1.200.000 700.000 7.000.000 4.700.000 100.000.000 120.000.000 1.000.000 6.000.000 2.000.000 10.000.000 50.0000 500.000 500.000 200.000.000 400.000.000 7.000.000 19.5000.000 100.000 10.000 5.000 20.000 10.000 20.000.000 1.000.000 10.000 2.000.000 700.000 1.000 1.000 1.000 1.000 2.000 3.000 20.000 150.000 150.000 50.000 10.000 65 65 30.000 | 1974 1974 1979 1983 1983 1983 1983 1983 1983 1983 1983 1983 1984 1983 1983 1983 1984 1984 1984 1983 1985 1986 1986 1986 1986 1986 1986 1986 1987 1987 1987 1987 1987 1988 1988 1988 1988 1988 1987 1987 1987 1987 1987 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1988 1987 1987 1988 1988 1988 1988 1988 | 13.000 39 3.600.000 920.000 92.500.000 920.000 920.000 920.000 22 83 52 6.200 1.300 9.600.000 26.800.000 11.100.000 5.400 270.000 1.300 4.623.700.000 43.000 550.000 550.000 Parte no gravada el 90% el 80% el 60% el 40% el 20% el 0% 310.000 310.000 1.800.000 1.800.000 1.800.000 1.900.000 1.100.000 11.100.000 7.400.000 158.300.000 120.000.000 1.300.000 7.700.000 2.600.000 12.800.000 79.000 790.000 790.000 316.500.000 633.000.000 9.000.000 25.000.000 130.000 13.000 6.400 26.000 13.000 25.600.000 1.300.000 13.000 2.600.000 900.000 1.300 1.300 1.300 1.300 2.600 3.800 26.000 240.000 240.000 64.000 13.000 83 83 38.000 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir del primero (1º) enero de 1989.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de diciembre de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
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