por el cual se aclara y modifica el Decreto 2299 de 1990 por medio del cual se estableció la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política y el artículo 75 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1° Aclarar el artículo 1° del Decreto 2299 del 28 de septiembre de 1990, en el sentido de que en la División de Coordinación Administrativa el cargo es Secretario Ejecutivo 5040-15 y no como allí aparece.
Artículo 2° Suprímense los siguientes cargos en la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecida mediante Decreto 2299 del 28 de septiembre de 1990.
| No. de Cargos | Dependencia y denominación del cargo. | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. | Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. | Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. | Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. |
| 1 | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
| Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. | Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. | Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. | Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. |
| 1 | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
Artículo 3° Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
| No. de Cargos | Dependencia y denominación del cargo. | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. | Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. | Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. | Subdirección Financiera División de Programación y Evaluación. |
| 1 | Asistente Administrativo | 4140 | 12 |
| Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. | Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. | Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. | Subdirección de Servicios Especiales. División Segunda de Ejecuciones Fiscales. |
| 1 | Asistente Administrativo | 4140 | 12 |
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2299 del 28 de septiembre de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de noviembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Carlos Humberto Isaza Rodríguez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.