Por el cual se modifica el articulo 2 del Decreto numero 2120 de fecha 12 de octubre de 1988
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1ºModifícase el artículo 2º del Decreto número 2120 de fecha 12 de octubre de 1988, en el sentido que las Funciones Consulares en Guatemala estarán a cargo del Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Guatemala, y no como en la citada disposición aparece.
Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de diciembre de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores
Julio Londono Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
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