por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con concepto expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal.
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los siguientes cargos vacantes:
| Número de cargos | Denominación del empleo | Nivel | Grado |
|---|---|---|---|
| 3 (tres) | Profesional en Ingresos Públicos III | 32 | 25 |
| 3 (tres) | Profesional en Ingresos Públicos III | 32 | 24 |
| 5 (cinco) | Profesional en Ingresos Públicos II | 31 | 23 |
| 20 (veinte) | Profesional en Ingresos Públicos II | 31 | 22 |
| 5 (cinco) | Profesional en Ingresos Públicos II | 31 | 21 |
| 15 (quince) | Profesional en Ingresos Públicos I | 30 | 20 |
| 20 (veinte) | Profesional en Ingresos Públicos I | 30 | 19 |
| 20 (veinte) | Técnico en Ingresos Públicos IV | 28 | 21 |
| 20 (veinte) | Técnico en Ingresos Públicos IV | 28 | 20 |
| 20 (veinte) | Técnico en Ingresos Públicos III | 27 | 15 |
| 5 (cinco) | Técnico en Ingresos Públicos II | 26 | 12 |
| 10 (diez) | Técnico en Ingresos Públicos II | 26 | 11 |
| 16 (dieciséis) | Técnico en Ingresos Públicos I | 25 | 09 |
| 38 (treinta y ocho) | Auxiliar II | 11 | 05 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 2192 de 2001, 1116 y 1692 de 2002 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de noviembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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