Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975, (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 12.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por $ 12.000.000
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto - ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió e1 Certificado de Disponibilidad número 38 de 1975 por $12.000.000 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 con la cantidad de doce millones de pesos ($ 12.000.000) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 38 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporaran con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
CAPITULO XI
- c) Otros Recursos
| Numeral 110 - G consignación del Instituto Nacional de Provisiones (Inalpo) en liquidación | $ | 12.000.000 |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 12.000.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPITULO 146
Dirección General de Servicios Administrativos.
Programa 146
Servicios Administrativos
Transferencias
| Artículo 1502 - A. Al Instituto Nacional de Provisiones (Inalpro) en liquidación para el pago de proveedores | $ | 12.000.000 |
|---|---|---|
| Suma el Crédito Adicional | $ | 12.000.000 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 5 de diciembre de 1975.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.