Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975, (Departamento Administrativo del Servicio Civil y Ministerio de Justicia), por $ 6.580.000

Rango Decreto
Publicación 1976-02-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos,

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 del Ministerio de Educación Nacional por $ 5.800.000.00,

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de disponibilidad número 36 de 1974, por $ 1.000.000.000 de los cuales se utilizan $. 5.800.000.00 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de" la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de cinco millones ochocientos mil pesos ($ 5.800.000.00) moneda legal, que, corríjase, en el Certificado de Disponibilidad número 36 del mismo año expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Capítulo X I I I

Recurso del crédito

Numeral 124 Emisión Pagarés Semestrales de
Emergencia Económica 5.800.000
Suma el recurso $ 5.800.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el Siguiente crédito adicional al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1974,

PRESUPUESTO DE INVERSION

Capítulo 635

Ministerio de Educación Nacional

Programa 636

Situado fiscal de educación

Pagaré Semestral de Emergencia

Económica.

609 312 Artículo 6371 A Situado de Edüación 5.800.000
Proyecto 14. Magdalena 5.800.000
Suma el crédito adicional $ 5.800.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de diciembre de 1974.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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