por el cual se establece el Programa Integral "Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades en el Ministerio de Relaciones Exteriores"

Rango Decreto
Publicación 2012-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales y en especial que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 54 y 59 numeral 5 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que los numerales 6, 7 y 8 del artículo 3° del Decreto número 3355 de 2009 definen los objetivos y funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y determinan que es función del Ministerio: "ejercer como interlocutor, coordinador y enlace para todas las gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades gubernamentales y los gobiernos de otros países, así como con los organismos y mecanismos internacionales"; "participar en la formulación, orientación, integración y armonización de las políticas y programas sectoriales que competen a las diferentes entidades del Estado, cuando tengan relación con la política exterior;" y "articular las acciones de las distintas entidades del Estado en todos sus niveles y de los particulares cuando sea del caso, en lo que concierne a las relaciones internacionales y la política exterior del país, en los ámbitos de la política, la seguridad, la economía y el comercio, el desarrollo social, la cultura, el medio ambiente, los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, la ciencia y la tecnología y la cooperación internacional, con fundamento en principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional";

Que en armonía con lo anterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe adelantar diferentes acciones tendientes a la efectiva aplicación de la Resolución número 1612 de 2005 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, documento en el cual Colombia aceptó de manera voluntaria el mecanismo de seguimiento y monitoreo que planea prevenir y atender las violaciones a los derechos de los niños en el marco del conflicto armado, tales como: el reclutamiento y la utilización de la violencia sexual, entre otras;

Que para dar cumplimiento con el mandato legal señalado en el Decreto número 3355 de 2007 y como apoyo a los compromisos adquiridos con la aceptación de la Resolución número 1612 de 2005 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, es pertinente establecer en el Ministerio de Relaciones Exteriores el Programa Integral "Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades" que mediante este decreto se crea;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.Creación. Crease el Programa Integral "Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades en el Ministerio de Relaciones Exteriores".
Artículo 2°.Objetivos. Los objetivos del Programa Integral: Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades en el Ministerio de Relaciones Exteriores son:
Artículo 3°.Desarrollo del Programa. En desarrollo del Programa Integral "Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades en el Ministerio de Relaciones Exteriores", se deberá:
Artículo 4°.Ejecución del programa. El Programa Integral "Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades en el Ministerio de Relaciones Exteriores" se ejecutará con la planta existente en el Ministerio de Relaciones Exteriores, especialmente a través de la Dirección de Cooperación Internacional.
Artículo 5°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 diciembre de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Ángela Holguín Cuéllar.

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