Por el cual se modifica la Planta de Personal del INDERENA aprobada por el Acuerdo número 028 del 5 de agosto de 1980

Rango Decreto
Publicación 1980-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 028 del 5 de agosto de 1980 emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente -INDERENA-, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 028 DE 1980

(agosto 5)

por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente "INDERENA".

La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente -INDERENA-, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1° Suprimir de la Planta de Personal del INDERENA los siguientes cargos:
N° de cargos Dependencia y nombre del empleo Clase Grado
Regional Central
Administración
1 Director Regional 2035 14
4 Directores Seccionales 2095 15
Forestal
1 Director Seccional 2095 05
Regional Suroccidental
Administración 2035 14
1 Director Regional
Forestal
2 Directores Seccionales 2095 05
Regional Occidental
Administración
1 Director Regional 2035 14
Forestal
3 Directores Seccionales 2095 05
Cuencas Hidrográficas
1 Director Seccional 2095 05
Centro Administrativo Turbo
1 Director Seccional 2095 05
Regional Atlántico
Administración
1 Director Regional 2035 14
3 Directores Seccionales 2035 05
Forestal
1 Director Seccional 2095 05
1 Director Seccional 2095 01
lng Aprov. de Agua
1 Director Seccional 2095 05
Desarrollo Soc. y Vigilancia
1 Director Seccional 2095 05
Regional Pacífico
Administración
1 Director Regional 2035 14
1 Director Seccional 2095 05
Seccional Bahía Solano
1 Director Seccional 2095 05
Regional Oriental
Administración
1 Director Regional 2035 14
1 Director Seccional 2095 05
Regional Amazonas
1 Director Regional 2035 08
Regional Antioquia
1 Director Regional 2035 08
Regional Arauca
1 Director Regional 2035 08
Regional Atlántico
1 Director Regional 2035 14
Regional Bajo Atrato-Urabá
1 Director Regional 2035 08
Regional Bolívar
1 Director Regional 2035 08
Regional Boyacá-Casanare
1 Director Regional 2035 08
Regional Caldas
1 Director Regional 2035 08
Regional Cauca
1 Director Regional 2035 14
Regional Cesar
1 Director Regional 2035 08
Regional Cundinamarca
1 Director Regional 2035 08
Regional Chocó
1 Director Regional 2035 08
Regional Guajira
1 Director Regional 2035 08
Regional Huila-Caquetá
1 Director Regional 2035 08
Regional Llanos Orientales
1 Director Regional 2035 08
Regional Magdalena
1 Director Regional 2035 08
Regional Nariño-putumayo
1 Director Regional 2035 08
Regional Norte de Santander
1 Director Regional 2035 08
Regional Pacífico Norte
1 Director Regional 2035 08
Regional Pacífico Sur
1 Director Regional 2035 08
Regional Risaralda
1 Director Regional 2035 08
Regional Santander
1 Director Regional C 2035 08
Regional Sucre
1 Director Regional 2035 08
Regional Tolima
1 Director Regional 2035 08

**<>

Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere la aprobación del Gobierno Nacional, mediante Decreto que llevará las firmas del Ministro de Agricultura del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y del Ministro de Hacienda y Crédito Público, como certificación de que existe apropiación presupuestal para atender su costo.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los 5 días de agosto de 1980.

El Presidente de la Junta Directiva,

Roy Francisco Ríaselos

El Secretario de la Junta Directiva,

Blas García de León.

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica las disposiciones, que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 8 ele octubre de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra

El Ministro de Agricultura

Gustavo Dájer Chadid

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila

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