Por el cual se distribuye una apropiación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 3301-A, artículo 33001-A, proyecto 2) del Presupuesto vigente, "Estudios construcción y terminación de puentes en el país", hácese la siguiente distribución:
Capítulo 3301-A, Programa 1, artículo 33001-A, proyecto 2.
| Ordinal 57. Para fabricación de las estructuras metálicas de los siguientes | $ | 3.000.000.00 |
|---|---|---|
- a) Puente Alambrado río La Vieja, carretera Armenia- Zarzal;
- b) Puente Calamar-Canal del Dique, carretera Carreto Calamar-San Pedrito;
- c) Puente Colache-río Saldaña, carretera Castilla- Chaparral;
- d) Puente La Florida-quebrada La Florida, Municipio de Armenia;
- e) Puente Lengupá-río Lengupá, carretera Miraflores- Páez;
- f) Puente Puerto López-río Metica, carretera Puerto López-Orocué;
- g) Puente Samaná-rio Samaná, carretera San Carlos- Nare;
- h) Puente Sardinata, río Sardinata, carretera Sardinata- Las Mercedes;
- i) Pasos Elevados-Autopista Bogotá-Eldorado;
- j) Puente Sumapaz-río Sumapaz, carretera Cabrera- Villarrica;
- k) Puente Upía-río Upía, Carretera Troncal de los Llanos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de octubre de 1983.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos S. de Santamaría. El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.
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