Por el cual se distribuye una apropiación

Rango Decreto
Publicación 1963-12-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 3301-A, artículo 33001-A, proyecto 2) del Presupuesto vigente, "Estudios construcción y terminación de puentes en el país", hácese la siguiente distribución:

Capítulo 3301-A, Programa 1, artículo 33001-A, proyecto 2.

Ordinal 57. Para fabricación de las estructuras metálicas de los siguientes $ 3.000.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de octubre de 1983.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos S. de Santamaría. El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.