Por el cual se modifica el artículo 6º del Decreto 1396 de 1952

Rango Decreto
Publicación 1964-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Los miembros de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior, ICETEX, percibirán honorarios a razón de ciento cincuenta pesos ($150) moneda corriente, por cada reunión que asistan, sin que las sesiones remuneradas puedan pasar de cuatro (4) al mes.
Artículo segundo. Este Decreto deroga el artículo 6° del decreto número 1396 de 1952, y las demás disposiciones- que sean contrarias.
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E; a octubre 29 de 1964.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Educación Nacional, Pedro Gómez Valderrama.

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