Por el cual se dispone la venta de las acciones que tiene el Gobierno de Colombia en la Compañía del Canal de Panamá y se ordena el cambio de billetes nacionales por otros de edición extranjera

Rango Decreto
Publicación 1903-03-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Art. 1.° Facúltase al Ministro de Hacienda para vender, en las mejores condiciones posibles, las acciones que el Gobierno de Colombia tiene en la Compañía formada para la apertura del Canal de Panamá.
Art. 2.° El producto que se obtenga con la venta de dichas acciones y de las esmeraldas de propiedad de la Nación que se enviarán al Extranjero para su venta, se empleará en devolver el depósito en oro francés que se debe á la Compañía de Fósforos y el sobrante en la fabricación de billetes en Europa ó en los Estados Unidos de América de á $ 100, $ SO, $ 25, $ 10 y $5, destinados al cambio de billetes de edición nacional que circulan en la actualidad.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, á 27 de Febrero de 1903.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno, encargado del despacho de Hacienda,

Aristides Fernández

EL Ministro de Guerra,

Alfredo Vásquez Tobo

El Ministro, de Instrucción Pública,

José Joaquín Casas

El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores,

Francisco Mendoza P.

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