Por el cual se crea una oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la Republica,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Créase a la Oficina Postal y Telegráfica de Lloró, Intendencia del Chocó, con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 50 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 5 | |
| Para gastos y alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de febrero De 1919.
Por delegación del señor Presidente de la República, El Ministro De Gobierno, MarcelinoARANGO.
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