Por el cual se distribuyen partidas para sueldos y alimentación de alumnos y empleados internos de la Escuela Normal de Varones de Quibdó

Rango Decreto
Publicación 1942-02-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso do sus facultades legales.

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal v alimentación de alumnos y empleados internos de la Escuela Normal de Varones de Quibdó, se distribuyen las siguientes partidas, apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
a) Capítulo 63, artículo 902. a) Capítulo 63, artículo 902. a) Capítulo 63, artículo 902. a) Capítulo 63, artículo 902.
Para sueldos en enero, así: Para sueldos en enero, así: Para sueldos en enero, así: Para sueldos en enero, así:
Mensual Total Total
Secretario-Habilitado $ 150.00
Profesor de idiomas 100.00
Profesor de Química y Ciencias Naturales 150.00
Profesorado externo, hasta 168.00
Servicio doméstico, hasta 383.70
Suma $ 751.70
Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así: Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así: Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así: Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así:
Secretario Habilitado 140.00 1.540,00
Profesor de idiomas 90.00 990.00
Profesor de- Química y Ciencias Naturales 140 00 1.540.00
Profesorado externo, hasta 131,81 1.449.91
Servicio doméstico, hasta 175.70 1.932.70
Suma $ 677.51
Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:
Rector (interno) $ 280.00 3.360.00
Vicerrector (interno) 160.00 1.920.00
5 profesores internos, a $ 130.00 cada uno 650.00 7.800.00
Médico-Profesor (externo) 80.00 960.00
Director de la Anexa (interno) 100.00 1,200.00
Subdirector de la Anexa (interno) 80.00 960.00
Portero (interno) 30.00 360.00
Suma $ 1.380.00
Total $ 24 .761.31
b) Capitulo 63, artículo 903
Para alimentación, en nueve (9) meses, de marzo a noviembre, así: Para alimentación, en nueve (9) meses, de marzo a noviembre, así: Para alimentación, en nueve (9) meses, de marzo a noviembre, así: Para alimentación, en nueve (9) meses, de marzo a noviembre, así:
. Mensual Total
50 alumnos internos, a $ 22.00 cada uno $ 1.100.00 9.900.00
De 15 empleados internos, a $ 22.00 cada uno 330.00 2.970.00
Del servicio doméstico, hasta 200.00 1.800.00
Del restaurante de la Escuela Anexa 138.00 1.242.00
Servicios: Servicios: Servicios: Servicios:
De energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, excursiones; deportes y demás gastos de esta Normal 5.588.00
Para adquisición de un bus o camioneta 3.500.00
Total $ 25.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS R ESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.