Por el cual se fija un personal supernumerario de las Aduanas de Buenaventura y Cartagena y de la Administracion de Hacienda Nacional del Valle
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades y especialmente las que le confiere el artículo 45 de la ley 79 de 1931 y
CONSIDERANDO
Que en la actualidad subsisten los motivos que determinaron la creación de los cargos supernumerarios de que tratan los decretos 1508 (junio 25) y 2185 (septiembre 16 de 1942 para la aduana de Buenaventura, el numero de 1898 (agosto 5 de 1942, para aduana de Cartagena y el número de 2787 (diciembre 24 de 1942) para la administración de hacienda del valle
ADUANA DE BUENAVENTURA
Aforo y Liquidación
| Dos aforadores cada uno a razón de | $ | 190.00 |
|---|---|---|
| Un liquidador a razón de | 140.00 | |
| Un ayudante de liquidación a favor de | 80.00 | |
| Bodegas y Depósitos | ||
| Dos Chequeadores, cada uno a razón de | 90.00 | |
| Policía Fiscal | ||
| Seis Guardas, cada uno a razón de | 50.00 | |
| ADUANA DE CARTAGENA Aforo y liquidación Un Aforador a razón de | $ | 171.00 |
| ADMINSTRACION DE HACIENDA NACIONAL DEL VALLE Encomiendas y aduana (sección 5ª) Un reconocedor liquidador a razón de | $ | 120.00 |
| Artículo 2° Los a que se refiere el presente decreto se imputan a las partidas votadas en el presupuesto de la actual vigencia para pagar los sueldos de personal de las aduanas de la república y miembros de la policía fiscal de las mismas. | Artículo 2° Los a que se refiere el presente decreto se imputan a las partidas votadas en el presupuesto de la actual vigencia para pagar los sueldos de personal de las aduanas de la república y miembros de la policía fiscal de las mismas. | Artículo 2° Los a que se refiere el presente decreto se imputan a las partidas votadas en el presupuesto de la actual vigencia para pagar los sueldos de personal de las aduanas de la república y miembros de la policía fiscal de las mismas. |
Comuniques e y publíquese
Dado en Bogotá a 9 de enero de 1943
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
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