Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en las dependencias del Ministerio de Justicia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. A partir del 1° de octubre del año en curso, suprimense los cargos cuya remuneración en cada caso se indica, en los siguientes establecimientos dependientes del Ministerio de Justicia:
Penitenciaria de Palmira.
Un Maestro de Taller, con $ 180.00.
Cárcel del extinguido Circuito de Concepción.
Un Director, con $ 200.00.
Dos Guardianes, con $ 150.00 cada uno.
Centro de Observación de Menores "El Redentor"
2 Visitadoras Sociales Practicantes, con $ 100.00. cada una.
Artículo segundo. A partir del primero (1°) de octubre del año en curso, créanse los cargos cuya remuneración mensual en cada caso se indica, en los siguientes establecimientos dependientes del Ministerio de Justicia:
Colonia Penal y Agrícola del Sur - Araracuara.
1 Bulldozero, con $ 700.00.
1 Jefe de Talleres, con $ 380.00.
Centro de Observación de Menores.
1 Jefe de Talleres de Mecánica, con $ 200.00
Artículo tercero. Los gastos que demande el presente Decreto se cubrirán con cargo a las apropiaciones del Ministerio de Justicia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de octubre de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia.
El Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
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