por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Fomento), por $ 1.220.523.00

Rango Decreto
Publicación 1968-11-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública y el cumplimiento del programa de inversiones;

Que el Ministerio de Fomento, por medio de la Resolución número 990 de 1968, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un total de $ 1.220.523.00;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 43 de 1968, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracréditos.

MINISTERIO DE FOMENTO

CAPÍTULO 0150

Administración y Dirección del Ministerio

Programa 421

Gabinete del Ministro, Secretaría y Dirección

Servicios personales

101 111 109 Artículo 2103. Remuneración Servicios Técnicos $ 44.000.00

Gastos generales

106 111 203 Artículo 2107. Viáticos y gastos de viaje 20.000.00

Transferencias

205 111 431 Artículo 2109. Gastos de ferias 10.000.00

Programa 422

Asesorías

Gastos generales

106 111 203 Artículo 2116. Viáticos y gastos de viaje 17.000.00

CAPÍTULO 0151

Rama técnica

Programa 424

Dirección industrial y comercial

Gastos generales

106 251 305 Artículo 2129. Materiales y suministros 15.000.00
Artículo 2129 - A. Para los gastos que demande las labores de la comisión de Ensamblaje 95.000.00

Programa 425

Dirección y coordinación de planes de vivienda y servicios públicos municipales.

Servicios personales

101 371 111 Artículo 2131. Honorarios 11.500.00

Programa 426

Dirección y coordinación del sistema de transporte terrestre y fluvial.

Servicios personales

101 261 103 Artículo 2137. Sueldos del personal de nómina 239.190.00
101 261 111 Artículo 2138. Honorarios 25.000.00
101 261 113 Artículo 2139. Jornales 9.333.00
102 261 127 Artículo 2141. Subsidio de Transporte 180.000.00

Gastos generales

105 261 201 Artículo 2142. Mantenimiento y aseguros 15.000.00
105 261 301 Artículo 2143. Compra de equipo 5.000.00
106 261 203 Artículo 2144. Viáticos y gastos de viaje 25.000.00
106 261 305 Artículo 2145. Materiales y suministros 15.000.00
106 261 311 Artículo 2146. Impresos y publicaciones 18.000.00
106 261 311 Artículo 2147. Patentes de servicio público 5.000.00

Programa 427

Registro y control de marcas y patentes

Gastos generales

106 520 431 Artículo 2157. Devolución de derechos fiscales 15.000.00

Programa 428

Estudios y aprobación de tarifas y precios.

Servicios personales

101 261 109 Artículo 2160. Remuneración servicios técnicos 16.500.00

Programa 429

Prefectura de Control de Cambios

Gastos generales

105 113 201 Artículo 2174. Mantenimiento y aseguros 25.000.00
106 113 203 Artículo 2176. Viáticos y gastos de viaje 260.000.00
106 113 205 Artículo 2177. Servicios de comunicaciones 25.000.00
106 113 207 Artículo 2178. Servicios públicos 30.000.00
106 113 311 Artículo 2180. Impresos y publicaciones 20.000.00
106 113 209 Artículo 2181. Arrendamientos 80.000.00
Suman los contracréditos $ 1.220.523.00

CREDITOS:

Presupuesto de Funcionamiento

CAPÍTULO 0150

Administración y Dirección del Ministerio

Programa 421

Gabinete del Ministro, Secretaría y Dirección.

Gastos generales

105 111 201 Artículo 2105. Mantenimiento y aseguros 20.000.00
105 111 301 Artículo 2106. Compra de equipo 210.000.00
106 111 305 Artículo 2108. Materiales y suministros 5.000.00

Transferencias

206 111 440 Artículo 2110. Convenio Internacional del Azúcar 1.400.00

Programa 422

Asesorías

Gastos generales

106 111 305 Artículo 2117. Materiales y suministros 3.000.00

CAPÍTULO 0151

Rama Técnica

Programa 423

Dirección de la Rama Técnica.

Gastos generales

105 111 201 Artículo 2120. Mantenimiento y aseguros 10.000.00
106 111 203 Artículo 2122. Viáticos y gastos de viaje 2.000.00

Programa 424

Dirección industrial y comercial

Gastos generales

160 251 203 Artículo 2128. Viáticos y gastos de viaje 10.000.00

Programa 425

Dirección y coordinación de planes de vivienda y servicios públicos municipales.

Gastos generales

160 371 203 Artículo 2135. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00

PROGRAMA 427

Registro y control de marcas y patentes

Servicios personales

101 251 109 Artículo 2149. Remuneración servicios técnicos 15.000.00
101 251 113 Artículo 2150. Jornales 7.062.00
102 251 117 Artículo 2151. Prima de navidad 15.000.00

Gastos generales

105 251 201 Artículo 2152. Mantenimiento y aseguros 10.000.00
105 251 301 Artículo 2153. Compra de equipo 130.000.00
106 251 203 Artículo 2154. Viáticos y gastos de viaje 10.000.00
106 251 305 Artículo 2155. Materiales y suministros 10.000.00
106 251 311 Artículo 2156. Impresos y publicaciones 40.000.00

Programa 428

Estudios y aprobación de tarifas y precios

Gastos generales

105 261 201 Artículo 2163. Mantenimiento y aseguros 20.000.00
105 261 301 Artículo 2164. Compra de equipo 420.000.00
106 261 205 Artículo 2166. Servicios de comunicaciones 8.000.00
106 261 207 Artículo 2167. Servicios públicos 5.000.00
106 261 305 Artículo 2168. Materiales y suministros 8.000.00

CAPÍTULO 0152

Rama Administrativa

Programa 434

Dirección Administrativa

Gastos generales

105 111 201 Artículo 2218. Mantenimiento y aseguros 10.000.00

Programa 434

Servicios generales

Gastos generales

105 111 201 Artículo 2251. Mantenimiento y aseguros 31.061.00
105 111 301 Artículo 2232. Compra de equipo 130.000.00
106 111 203 Artículo 2233. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
106 111 205 Artículo 2234. Servicios de comunicaciones 50.000.00
106 111 207 Artículo 2235. Servicios públicos 5.000.00
106 111 305 Artículo 2236. Materiales y suministros 5.000.00
106 111 211 Artículo 2238. Gastos varios e imprevistos 20.000.00
Suman los créditos 1.220.523.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E. a 28 de octubre de 1968.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.