Por el cual se modifican unos sueldos en el ramo Fluvial

Rango Decreto
Publicación 1942-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

que ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el vapor Camilo Torres, de propiedad del Gobierno Nacional, ha sido clasificado recientemente en la primera categoría, y por lo tanto, los sueldos del Capitán y del Primer Oficial deben determinarse de acuerdo con las asignaciones fijadas por el Tribunal de Arbitramento del río Magdalena, en el fallo de focha 30 de septiembre de 1942.

DECRETA:

Artículo único. A partir del día 19 de noviembre de este ano, el Capitán y el Primer Oficial del vapor Camilo Torres tendrán derecho a sueldos mensuales de $ 290 y $ 150, respectivamente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1942.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Obras Públicas,

Marco AurelioARANGO

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