Por el cual se crea un cargo en el Terminal Marítimo de Cartagena (Sanidad)
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno debe atender a los trabajadores del Terminal Marítimo de Cartagena en las afecciones de los órganos de los sentidos.
Que el sistema de consultas a profesionales particulares no da resultados satisfactorios, y
Que el volumen de consultas justifica la creación del cargo de un especialista,
DECRETA:
Artículo 1º Créase el cargo de especialista de órganos de los sentidos en el Terminal Marítimo de Cartagena, con asignación mensual de $ 450.
Artículo 2º El cargo que se expresa no tendrá derecho a prima móvil, y se cubrirá con la partida de "Gastos de Administración y explotación del Terminal".
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Obras Públicas
Luis Ignacio ANDRADE
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