Por el cual se crea un cargo en el Terminal Marítimo de Cartagena (Sanidad)

Rango Decreto
Publicación 1947-08-29
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno debe atender a los trabajadores del Terminal Marítimo de Cartagena en las afecciones de los órganos de los sentidos.

Que el sistema de consultas a profesionales particulares no da resultados satisfactorios, y

Que el volumen de consultas justifica la creación del cargo de un especialista,

DECRETA:

Artículo 1º Créase el cargo de especialista de órganos de los sentidos en el Terminal Marítimo de Cartagena, con asignación mensual de $ 450.
Artículo 2º El cargo que se expresa no tendrá derecho a prima móvil, y se cubrirá con la partida de "Gastos de Administración y explotación del Terminal".

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Obras Públicas

Luis Ignacio ANDRADE

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.