por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 2.138.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública y el cumplimiento de los programas de inversión;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 04515 de 1968, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un total de $ 2.138.000.00;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 46 de 1968, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Contracréditos:
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPÍTULO 085
Administración y Dirección del Ministerio
PROGRAMA 241
Gabinete del Ministro, Dirección, Secretaría y Asesorías.
Servicios personales
| 101 111 103 Artículo 0901. Sueldos del personal de nómina | $ | 20.000 |
|---|---|---|
Gastos generales
| 106 111 211 Artículo 0910. Recepciones oficiales | 150.000 |
|---|---|
CAPÍTULO 086
Rama técnica
PROGRAMA 243
Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales.
Sub-programa 2. Administraciones y Recaudaciones de Impuestos
Servicios personales
| 101 114 103 Artículo 0929. Sueldos del personal de nómina | 1.018.000 |
|---|---|
Gastos generales
| 105 114 201 Artículo 0931. Mantenimiento y aseguros | 500.000 |
|---|---|
| 106 114 205 Artículo 0934. Servicio de comunicaciones | 250.000 |
CAPÍTULO 087
Rama Administrativa
PROGRAMA 249
Servicios Administrativos Generales
Gastos generales
| 105 111 201 Artículo 1010. Mantenimiento y aseguros | 100.000 | |
|---|---|---|
| 106 111 311 Artículo 1016. Impresos y publicaciones | 100.000 | |
| Suman los Contracréditos | $ | 2.138.000 |
CREDITOS:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPÍTULO 085
Administración y Dirección del Ministerio
PROGRAMA 241
Gabinete del Ministro, Dirección, Secretaría Asesorías.
Gastos generales
| 105 111 301 Artículo 0905. Compra de equipo | 50.000 |
|---|---|
| 106 111 205 Artículo 0907. Servicios Públicos | 5.000 |
CAPÍTULO 086
Rama técnica
PROGRAMA 243
Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales.
Sub-programa 1. Administración de la División de Impuestos.
Servicios personales
| 101 114 107 Artículo 0919. Sueldos del personal supernumerario | 200.000 |
|---|---|
Gastos generales
| 106 114 311 Artículo 0928. Impresos y publicaciones | 250.000 |
|---|---|
| Sub-programa 2. Administraciones y Recaudaciones de Impuestos. |
Gastos generales
| 105 114 301 Artículo 0932. Compra de equipo | 500.000 |
|---|---|
PROGRAMA 245
Preparación, Ejecución y Control del Presupuesto Nacional
Servicios personales
| 101 113 115 Artículo 0959. Trabajos adicionales para el presupuesto | 100.000 |
|---|---|
| 102 113 123 Artículo 0961. Indemnización por vacaciones | 500.000 |
Gastos generales
| 105 113 201 Artículo 0962. Mantenimiento y aseguros | 40.000 |
|---|---|
| 106 113 305 Artículo 0967. Materiales y suministros | 100.000 |
| 106 113 311 Artículo 0968. Impresos y publicaciones | 140.000 |
PROGRAMA 246
Manejo de ingresos y pagos
Gastos generales
| 106 113 201 Artículo 0972. Mantenimiento y aseguros | 5.000 |
|---|---|
| 106 113 207 Artículo 0975. Servicios públicos | 9.000 |
| 106 113 305 Artículo 0976. Materiales y suministros | 15.000 |
| 106 113 211 Artículo 977. Comisiones bancarias por transferencias | 100.000 |
CAPÍTULO 087
Rama Administrativa
PROGRAMA 249
Servicios Administrativos Generales
Gastos generales
| 105 111 301 Artículo 1011. Compra de equipo | 100.000 | |
|---|---|---|
| 106 111 207 Artículo 1014. Servicios públicos | 15.000 | |
| 106 111 211 Artículo 1018. Gastos varios e imprevistos | 15.000 | |
| Suman los Créditos | $ | 2.138.000 |
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de octubre de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.