por el cual se suprimen varios cargos. (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. En la carretera Troncal Occidental, sector Sahagún-Rio San Jorge (construcción) se suprimen los siguientes cargos:
Ingeniero Jefe; Cajero-Contador y Almacenista.
Artículo segundo. En la vía Camino de Santuario al rio Ingara, se suprimen los siguientes;
Ingeniero de Estudios Preliminares y Trazado, y de Inspector.
Artículo tercero. En la carretera, Pensilvania a empalmar, con Sonsón-Doradá, (Comisión de Explanación y Trazado), se suprimen los siguientes;
Ingeniero Jefe, Ayudante de Caja y Almacén o Inspector.
Artículo cuarto. En la carretera Arbelaez-San Bernardo Cabrera (construcción), se suprime el cargo de Ingeniero Jefe.
Artículo quinto. En la carretera Rosas-La Sierra-San Sebastián (construcción), se suprime el cargo de Ingeniero-Jefe.
Artículo sexto. En la carretera Vélez, Chispatá-Santa Elena-La Paz, se suprimen los siguientes cargos.
Ingeniero Jefe, Habilitado-Almacenista; Inspector de Trabajos
Artículo séptimo. En la Zona de Carreteras Nacionales de Ibagué, se suprime el cargo de Ingeniero Ayudante, encargado de los trabajos de la carretera Andalucia-La Colonia-Sumapaz, cargo creado por el Decreto número 3779 de 1947.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de septiembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Víctor ARCHILA BRICEÑO
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