Por el cual se ordena un traspaso y un resello de estampillas de Catastro y Timbre Nacional para Correo Nacional y Aéreo

Rango Decreto
Publicación 1953-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en el Ministerio de Comunicaciones se han agotado algunas especies para correo aéreo nacional, correo nacional y correo aéreo (Avianca);

Que en el Almacén Nacional de Provisiones, el Ministerio de Hacienda tiene exceso en algunas estampillas de Timbre y Catastro Nacional que se pueden aprovechar para Correos; y

Que en el mes de diciembre próximo se celebrará en Bogotá la "II Exposición Filatélica Nacional", certamen cultural al cual debe y quiere el Gobierno asociarse,

DECRETA:

Articulo primero. El Ministerio de Hacienda traspasará al de Comunicaciones las siguientes estampillas:
4.000.000 de Timbre Nacional de $ 0.02
3.000.000 de Catastro de 0.05
800.000 de Catastro de 0.20
1.000.000 de Timbre de 0.50
2.000.000 de Catastro de 5.00
800.000 de Catastro de 10.00
Artículo segundo. Autorízase al Ministerio de Comunicaciones para hacer los siguientes resellos:
4.000.000 de estampillas de Timbre Nacional para $ 0.01.
3.000.000 de estampillas de Catastro de $ 0.05.
2.000.000 de estampillas de sobretasa de $ 0.10
800.000 estampillas de Catastro de $ 0.20
1.000.000 de estampillas de timbre Nacional de $ 0.50.
b) Para Correo Nacional: b) Para Correo Nacional:
1.600.00 estampillas de $ 0.14 Comisión Corográfica para $ 0.05.
2.000.000 de $ 0.23 Catedral de Manizales para $ 0.05.
c) Para Correo Aéreo (Avianca). c) Para Correo Aéreo (Avianca).
6.000.000 de estampillas sobretasa de $ 0.08 para $ 0.05.
800.000 estampillas de sobretasa de $ 0.25 para el mismo valor.
600.000 estampillas Comisión Corográfica de $ 0.30 para el mismo valor.
Artículo tercero. Autorízase el siguiente resello de estampillas para conmemorar la "II Exposición Filatélica Nacional, diciembre 1953", con esa leyenda.
2.000.000 de estampillas de $ 5.00 de Catastro para Correo Nacional para $ 0.05.
800.000 estampillas de $ 10.00 de Catastro para Correo Aéreo (Avianca), para $ 0.15.
Artículo cuarto. Este resello será hecho por la Imprenta del Banco de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de octubre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Comunicaciones,

CoronelManuel Agudelo G.

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