Por el cual se distribuye la suma proveniente del empréstito autorizado por la Ley 17 de 1945

Rango Decreto
Publicación 1946-09-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase la distribución hecha por Decretos números 151, 1913 y 2414 del corriente año, de la suma proveniente del empréstito autorizado por la Ley 17 de 1945, para continuarlas carreteras en construcción, disminuyendo en $ 93.000 la destinación hecha para adquisición de equipo para carreteras nacionales.
Artículo 2° La suma de $ 93.000 en que se disminuye la asignación expresada en el artículo anterior, tendrá la siguiente destinación:
II Para continuar la construcción de las siguientes carreteras:
II Otras vías de conexión.
a) Teorama-San Calixto-Hacari-Aspasica-Abrego. Ley 119 de 1941 $ 93.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1946.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Darío BOTERO ISAZA

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