por el cual se aprueba el Acuerdo número 3 de 1940, enero 19, dictado por el Consejo Administrativo de la Intendencia Nacional del Chocó, sobre asignaciones civiles de llos empleados para el año fiscal de 1940

Rango Decreto
Publicación 1941-02-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único: Para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos de la Escuela Normal de Varones de Quibdó se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto vigente:

Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:

Mensual. Total.
Rector (interno), a $ 280.00 3.360.00
Vicerrector (interno), a 160.00 1.920.00
Secretario-Habilitado (interno), a 150.00 1.800.00
Cuatro (4) Profesores (internos), a $ 130 cada uno 520.00 6.240.00
Profesor de Idiomas 100.00 1.200.00
Médico-Profesor (externo), a 80.00 960.00
Director de la Anexa (interno), a 100.00 1.200.00
Subdirector de la Anexa (interno) a 80.00 960.00
Portero (interno), a 30.00 360.00
Sumas $ 1.500.00 18.000.00

Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así:

Profesor de Química y Ciencias Naturales (interno) $ 150.00 1.650.00

Para sueldos en diez (10) meses, de marzo a diciembre, así: -

Profesor (interno), a $ 130.00 1.300.00
Profesorado externo, hasta 50 horas de clase mensuales, a $ 2 la hora 100.00 1.000.00

Para sueldos en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así:

Servicio doméstico, según distribución que hará el Rector, hasta $ 183.70 1.837.00
Para sueldos en enero, así:
Profesor de Física y Química 150.00
Profesorado externo 220.00
Servicio doméstico 227.00
Total $ 24.384.00

Para alimentación en diez (10) meses y restaurante de la Anexa, de febrero a noviembre:

Mensual. Total.
Alimentación del servicio doméstico $ 180.00 1.800.00
Restaurante de la Anexa 138.00 1.380.00
Para alimentación en nueve (9) meses de marzo a noviembre, así:
Alimentación de 60 alumnos internos, a $ 22 cada uno 1.320.00 11.880.00
Para alimentación en once (11) meses, de febrero a diciembre, así:
Alimentación de 15 empleados internos, a $ 22 mensuales cada uno 330.00 3.630.00
Para servicios varios:
Compra de mobiliario y dotación escolar 2.010.00
Servicios de energía, agua, luz, teléfono, aseo, material de enseñanza, útiles de
escritorio, excursiones, deportes y demás gastos de sostenimiento de esta Normal 6.380.00
Total $ 27.080.00

Comuníquese y publiques

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

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