Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 12 de 1941, diciembre 20, dictado por la Junta de Obras Públicas de la Comisaría Especial del Putumayo, sobre asignaciones civiles durante el año 1942

Rango Decreto
Publicación 1942-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase con modificaciones el siguiente Acuerdo:

"ACUERDO NUMERO 12 DE 1941 (DICIEMBRE 20)

sobre asignaciones civiles de los empleados de la Comisaria Especial del Putumayo, durante el año de 1942.

La Junta de Obras Públicas de la Comisaria Especial del Putumayo,

en uso de sus atribuciones legales,

ACUERDA:

Artículo 1° Fijanse las asignaciones civiles de los empleados de la Comisaría Especial del Putumayo, durante la vigencia fiscal de 1942, así:
DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
Despacho Comisarial
. Mensuales.
Sueldo del Comisario Especial, a $ 300,00
Sueldo del Secretario General, a 160,00
Sueldo del Oficial Mayor, a 80,00
Sueldo del Director de Estadística, a 70,00
Sueldo del Oficial Ordenador, a 70,00
Sueldo del Portero Escribiente, a 40,00
Alcaldías
Sueldo del Alcalde de Mocoa, a 80,00
Sueldo del Alcalde Colón, a 70,00
Sueldo del Secretario Alcalde Mocoa, 40,00
Sueldo del Secretario Alcalde Colón, a 40,00
Corregimientos.
Sueldos de los Corregidores de Afiladores, Guamués, San Francisco, Santiago, Sibundoy, Puerto Limón y Tres Esquinas, cada uno a 40.00
Sueldos de los Corregidores de El Encano, Umbría y Puerto Asís, cada uno a 50,00
Sueldo del Corregidor de Puerto Ospina, a 60,00
Sueldos de los Secretarios de los Corregidores de Afiladores, Guamués, San Francisco, Santiago, Sibundoy, Puerto Limón, Tres Esquinas, cada uno a 30,00
Sueldos de los Secretarios de los Corregimientos de Umbría, Puerto Asís, Puerto Ospina y El Encano, cada uno a 35,00
Notarías Jurados Electorales y otros.
Sueldo del Notario de Mocoa, a 25,00
Sueldo del Notario de Colón, a 25,00
Sueldo del Secretario del Jurado Electoral de Colón, a 10,00
Sueldo del Secretario del Jurado Electoral de Mocoa, a 10,00
Sueldo del Director de la Banda de Músicos de Mocoa, a 60.00
Sueldo del Director de la Banda de Músicos de Colón, a 36,00
Sueldos de 16 Músicos de la Banda de Mocoa, cada uno a 3,00
Sueldos de 1G Músicos de la Banda de Colón, cada uno a 2,00
Sueldo de un Práctico Parquero para el Parque de Mocoa en tres meses, a 50,00
Sueldo del Parquero de Mocoa, en nueve meses, a 25,00
Sueldos de 4 Músicos nuevos para la Banda de Mocoa, cada uno a 2,00
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Administración de Rentas
Sueldo del Administrador de Rentas Comisariales, a 150,00
Sueldo del Secretario Contador, a 110,00
Sueldo del Inspector de la Fábrica, a 90,00
Sueldo del Almacenista General, a 70,00
Sueldo del Alambiquero Mecánico, a 60,00
Sueldo del Ayudante del Alambiquero Mecánico, a 35,00
Sueldo del Motorista de la Planta Eléctrica de Puerto Asís, a 70,00
Sueldo del Motorista de la Planta Eléctrica de Mocoa, a 60,00
Sueldo del Ayudante de la Planta Eléctrica de Mocoa, a 30,00
Porcentaje Agencias Rentas.
Agente de El Encano, 12%, aproximadamente 70,00
Agente de Colón, 12%, aproximadamente 70,00
Agente de San Francisco, 12%, aproximadamente 70,00
Agente de Mocoa. 10%, aproximadamente 70,00
Agente de Umbría, 15%, aproximadamente 70,00
Agente de Puerto Limón, 15%, aproximadamente 70,00
Agente de Puerto Ospina, 16%, aproximadamente 70,00
Agente de Puerto Asís, 25%, aproximadamente 70,00
Personal del Resguardo.
Sueldo del Jefe del Resguardo, a 70,00
Sueldo del Subjefe de Rentas, a 60,00
Sueldos de 13 Celadores le Rentas, cada uno a 30,00
Sueldos de 2 Celadores y un Palafrenero, cada uno a 30,00
Sueldos de 2 Celadores para Puerto Ospina, cada uno a 40.00
Sueldo del Mayordomo de la Casa Comisarial, a 30.00
DEPARTAMENTO DE AUDITORIA
Auditoría Fiscal.
Sueldo del Auditor Fiscal, a 150,00
HIGIENE
Sueldo de un empleado para el Puesto de Socorro de Sibundoy, a 40,00
DEPARTAMENTO DE FOMENTO, COLONIZACION Y OBRAS PUBLICAS
Colonización
Para atender el pago de ocho Comisarios y Alguaciles de Indigenas (aproximadamente), cada uno a 3,85

Dado en el salón de sesiones de la Junta a veinte de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno.

Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del Ministerio de Gobierno y del Organo Ejecutivo.

El Presidente de la Junta,

(Firmado), Bolivar Hinestrosa E.

El Secretario,

(Firmado), Alfondo Alexander M."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,

Gonzalo RESTREPO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.