por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo

Rango Decreto
Publicación 2013-11-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Caro y Cuervo para efectos de modificar la planta de personal, presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

Que el Consejo Directivo del Instituto Caro y Cuervo, en la sesión del 1° de febrero de 2012, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal.

Que para los fines de este Decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó concepto de viabilidad presupuestal.

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo, en el sentido de suprimir los siguientes cargos:
Nº CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1 (Uno) Director General de entidad descentralizada 0015 18
1 (Uno) Asesor 1020 06
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 15
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 09
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
2 (Dos) Subdirector General de entidad descentralizada 0040 16
11 (once) Profesional Especializado 2028 15
9 (nueve) Profesional Especializado 2028 14
9 (nueve) Profesional Universitario 2044 11
4 (cuatro) Profesional Universitario 2044 10
5 (cinco) Profesional Universitario 2044 06
1 (uno) Profesional Universitario 2044 01
1 (uno) Auxiliar Técnico 3054 06
1 (uno) Técnico 3100 16
1 (uno) Técnico 3100 15
7 (siete) Técnico 3100 12
3 (tres) Técnico 3100 06
1 (uno) Técnico 3100 05
1 (uno) Técnico Administrativo 3124 11
1 (uno) Técnico Administrativo 3124 07
1 (uno) Técnico Operativo 3132 09
3 (tres) Técnico Operativo 3132 07
3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 20
5 (cinco) Auxiliar Administrativo 4044 18
1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 13
2 (dos) Auxiliar Administrativo 4044 11
2 (dos) Auxiliar Administrativo 4044 10
9 (nueve) Auxiliar Administrativo 4044 09
6 (seis) Auxiliar Administrativo 4044 07
3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 06
3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 05
1 (uno) Conductor Mecánico 4103 09
2 (dos) Conductor Mecánico 4103 06
Artículo 2°. Las funciones propias del Instituto Caro y Cuervo serán atendidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Nº CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1 (Uno) Director General de entidad descentralizada 0015 20
1 (Uno) Asesor 1020 08
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 17
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 11
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
2 (Dos) Subdirector General de entidad descentralizada 0040 18
11 (once) Profesional Especializado 2028 17
9 (nueve) Profesional Especializado 2028 16
8 (ocho) Profesional Especializado 2028 13
4 (cuatro) Profesional Especializado 2028 12
Nº CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO
--- --- --- ---
1 (uno) Profesional Universitario 2044 11
5 (cinco) Profesional Universitario 2044 08
1 (uno) Profesional Universitario 2044 03
1 (uno) Auxiliar Técnico 3054 06
1 (uno) Técnico 3100 18
1 (uno) Técnico 3100 17
6 (seis) Técnico 3100 14
1 (uno) Técnico 3100 12
3 (tres) Técnico 3100 08
1 (uno) Técnico 3100 07
1 (uno) Técnico Administrativo 3124 13
1 (uno) Técnico Administrativo 3124 09
4 (cuatro) Técnico Operativo 3132 09
3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 22
5 (cinco) Auxiliar Administrativo 4044 20
1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 15
2 (dos) Auxiliar Administrativo 4044 13
2 (dos) Auxiliar Administrativo 4044 12
8 (ocho) Auxiliar Administrativo 4044 11
7 (siete) Auxiliar Administrativo 4044 09
3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 08
3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 07
1 (uno) Conductor Mecánico 4103 11
2 (dos) Conductor Mecánico 4103 08
Artículo 3°. El Director General del Instituto Caro y Cuervo, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio y, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta con el presente decreto, se hará conforme con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal, a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto 2713 de 2010.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 de noviembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Ministra de Cultura,

Mariana Garcés Córdoba.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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