por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerios de Guerra y Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1947-08-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPÍTULO 103.

Del artículo 2178. Para continuar la construcción de la Escuela Militar de Cadetes y Superior de Guerra, de acuerdo con los nuevos programas $84.050.30
Del artículo 2190. Para continuar la construcción de los cuarteles de Ibagué 136.605.51
Suman los contracréditos $220.655.81
MINISTERIO DE GUERRA
CAPÍTULO 38.
Al artículo 407-A. Para continuar la construcción de la Escuela Militar de Cadetes y Superior de Guerra, de acuerdo con los nuevos programas 84.050.30
Al artículo 407-B. Para continuar la construcción de los Cuarteles de Ibagué 136.605.51
Suman los créditos $220.655.81
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de agosto de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Guerra,

Fabio LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Obras Públicas

Luis Ignacio ANDRADE

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