Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1977-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso dada sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 15, de noviembre 4 de 1976, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 15 DE 1976

(noviembre 4)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos temados del Pondo Nacional del Café, contribuya con una suma equivalente a US$ 150.000.00 a la financiación y construcción del barrio, denominado Colombia, en la ciudad de Guatemala, que se adelantará con aportes conjuntos del Banco de la República, el Banco Central Hipotecario, el Instituto de Crédito Territorial y Proexpo.
Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República.

Dado en Bogotá, D.,E., a los cuatro (4) días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis (1976)

El Presidente, Leonidas Londoño Londoño.

El Secretario, José Fernando Jaramillo H.".

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de diciembre de 1976.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya

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