por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Rango Decreto
Publicación 2008-07-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 de artículo 189 de la Constitución Política y artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Comercio, industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto favorable;

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos:
N° de Cargos Denominación del Empleo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno) Asesor 1020 14
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
--- --- --- ---
1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 19
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Comercio, industria y Turismo, los siguientes cargos:
N° de Cargos Denominación del Empleo Código Grado
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 20
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 22
Artículo 3º. El empleado a quien se le suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto, continuará percibiendo la remuneración mensual correspondiente al empleo que desempeña actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación en el nuevo cargo y tome posesión del mismo.
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 213 del 2003.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Luis Guillermo Plata Páez.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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