Por el cual se crean los cargos de subadministrador en las Administraciones de Hacienda Nacional de Antioquia y valle
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 19 de 1958, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 1226 Bis de 1959 se creó el cargo de Subadministrador de Hacienda Nacional de Cundinamarca;
Que el volumen y diversidad de negocios de las Administraciones de Hacienda Nacional de Antioquia y Valle hacen indispensable la creación, en dichas Administraciones, del cargo de Subadministrador;
Que la Comisión de Reforma Administrativa ha conceptuado sobre la conveniencia de crear dichos cargos, a petición del Jefe de Ventas e Impuestos Nacionales, en aquellas Administraciones de Hacienda Nacional cuyo volumen y diversidad de negocios así lo exijan, según aparece en el Decreto número 2051 de 1959:
Que el Consejo de Ministros consideró y aprobó las disposiciones contenidas en este Decreto,
DECRETA:
Articula único. Créase, a partir del 1º de noviembre del año en curso, el cargo de Subadministrador en las Administraciones de Hacienda Nacional de Antioquia y Valle con una asignación de mil seiscientos pesos ($1.600.00) mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de octubre de 1959.
ALBERTO LLERAS
Hernando Agudelo Villas.
Ministro de Hacienda y Crédito Público
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