por el cual se modifica la planta de personal de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, los estudios de que tratan el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;
Que la Junta Directiva de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, sometió a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 138 del 24 de julio de 2003,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, los siguientes empleos:
| Nº de cargos | Denominación del empleo | Grado |
|---|---|---|
| 2 (Dos) | Director de Fondo | 03 |
| 2 (Dos) | Director de Unidad Regional | 03 |
| 2 (Dos) | Subdirector de Fondo | 02 |
Artículo 2º. Las funciones propias de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, serán cumplidas por la planta de personal de empleados públicos que se establece a continuación:
| Nº de cargos | Denominación del empleo | Grado |
|---|---|---|
| 1 (Uno) | Presidente | |
| 1 (Uno) | Secretario General | 05 |
| 2 (Dos) | Vicepresidente | 05 |
| 1 (Uno) | Director | 05 |
| 1 (Uno) | Director | 03 |
| 8 (Ocho) | Director de Unidad Regional | 03 |
| 4 (Cuatro) | Jefe de Oficina | 04 |
| 8 (Ocho) | Jefe de División | 02 |
| 1 (Uno) | Asesor de Presidencia | 04 |
| 2 (Dos) | Asesor de Presidencia | 02 |
Artículo 3º. El número de trabajadores oficiales al servicio de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, será hasta de: ciento treinta y uno (131).
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2537 del 27 de noviembre de 2001.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de septiembre de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Ricardo Ortega López.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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