Por el cual se abre un crédito adicional al presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público) por $ 1.823.349.40

Rango Decreto
Publicación 1976-01-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales; y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la administración pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de gastos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por $ 1.823.349.40;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto - ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 45 de 1975 por $ 1.823.349.40 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto; y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de un millón ochocientos veintitrés mil trescientos cuarenta y nueve pesos con cuarenta centavos ($ 1.823.349.40) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 45 del mismo año expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Capítulo VIII

Numeral 49. Producto de la venta de las publicaciones de carácter tributario $ 1.823.349.40
Suma el recurso $ 1.823.349.40
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Capítulo 141

Dirección General de Impuestos Nacionales.

Programa 141

Administración y recaudación de impuestos,

106 111 213 Artículo 1424 - A. Aportes Fondo de Divulgación Tributaria $ 1.823.349.40
Suma el crédito adicional $ 1.823.349.40
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de diciembre de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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