Por el cual se aprueba el Acuerdo número 142 de 1980, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que modifica la Planta de Personal de la Seccional de Norte de Santander, con modificaciones

Rango Decreto
Publicación 1980-11-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

decreta:

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 142 de junio 10 de 1980, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 142 DE 1980

(junio 10)

por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos números 046 de 1978 y 100 de 1980, que determinan la Planta de Personal de la Seccional de Norte de Santander.

La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal n) del artículo 55.del Decreto-ley 1650 de 1977 y de conformidad con los Decretos leyes 1651, 1652 y 1700 de 1977 y 1313 de 1978,

acuerda:

Artículo 1° Modificar-parcialmente el artículo 3° del Acuerdo número 04G de 1978, en los siguientes términos:
Dependencia N° de cargos Denominación Clase Grado
Oficina Jurídica: I 38
1 Jefe de Oficina
Secretaría General:
1 Secretario General Seccional II 33
División de Servicios de Salud:
1 Jefe de División II 37
b) Crear en la Planta de Personal de la Seccional de Norte de Santander los siguientes empleos: Dependencia N° de cargos Denominación Dedicación Clase Grado
Oficina Jurídica: Parcial (4 hs) I 38
1 Jefe de Oficina
Secretaría General:
1 Secretario General Seccional Completa I 31
División de Servicios de Salud:
1 Jefe de División Completa III 39
Artículo 2° Modificar parcialmente el artículo 1° del Acuerdo número 100 de 1980, por el cual se crean unos empleos en la Planta de Personal dé Norte de Santander, en los siguientes términos:
a) Suprimir los empleos que se indican a continuación: Dependencia N° de cargos Denominación Dedicación Clase Grado
Gerencia Seccional.
Oficina de Planeación e Informática:
1 Jefe de Oficina Completa I 38
División de Servicios, de. Salud:
1 Odontólogo Especialista (Administración de Salud) Completa II 36
1 Enfermero Completa III 22
División de Personal:
1 Técnicos de Servicios Administrativos Completa II 16
División Técnico-Financiera.
Sección de Prestaciones Económicas:
1. Jefe de Sección Completa I 28
b) Crear los siguientes empleos:
Gerencia Seccional.
Oficina de Planeación e Informática:
1 Jefe de Oficina Completa II 39
División de Servicios de Salud:
1 Enfermero (a) Completa IV 24
Sección de Salud Ocupacional:
1 Conductor Mecánico Completa I 9
División de Personal:
1 Técnico de Servicios Administrativos Completa III 17
1 Mecanógrafa Completa II 12

Adicionar el artículo 1° del Acuerdo número 100 de 1980 con los siguientes parágrafos:

"Parágrafo 4° Además de las funciones propias de su empleo, el Químico Farmacéutico asumirá la responsabilidad, directa por el servicio farmacéutico en la clínica".

"Parágrafo 5° El Jefe de la División Técnico Financiera cumplirá, además de las funciones propias de su empleo, las de la Jefatura de las Prestaciones Económicas. Cargo que se suprime en el artículo 2° de este Acuerdo,

Artículo 3° Modificar parcialmente el artículo 2° del Acuerdo número 100 de 1980 por el cual se crean unos empleos para la atención de salud en la ciudad de Cúcuta, en los siguientes términos:

Aéreas y unidades funcionales N° de cargos Denominación

Dedicación Clase Grado
1 Director de Clínica Completa I 39
Atención Especializada.
Especialidades. Quirúrgicas:
1 Médico Especialista Completa III 38
1 Médico Especialista (Cirugía General) Completa II 36
3 Médico Especialista (Cirugía General) Parcial (6 hs) II 36
2 Médico Especialista (Oftalmología) Parcial (4 hs) II 36
2 Médico Especialista (Otorrinolaringología) Parcial (4 hs) II 36
5 Médico Especialista (Ortopedia y Traumatología) Parcial (6 hs) II 36
2 Médico Especialista (Urología) Parcial (4 hs) II 36
2 Médico Especialista (Neurología-neurocirugía) Parcial (4 hs) II 36
1 Médico Especialista Parcial (6 hs) II 36
Quirófanos y Salas de Parto.:
5 Médico Especialista (Anestesiología) Parcial (6 hs) II 36
1 Médico Especialista (Anestesiología) Parcial (4 hs) II 36
Clínicas Médicas:
2 Médico Especialista (Medicina Interna) Parcial (4 hs) II 36
2 Médico Especialista (Medicina Interna) Parcial (6 hs) II 36
1 Médico Especialista (Dermatología) Parcial (4 hs) II 36
1 Médico Especialista (Psiquiatría) Parcial (5 hs) II 36
1 Médico Especialista (Fisiatría) Completa II 36
Especialidades Gineco-obstétricas y Pediátricas:
1 Médico Especialista Completa III 36
3 Médico Especialista (Gineco-obstetricia) Completa II 36
2 Médico Especialista (Gineco-obstetricia) Parcial (4 hs) II 36
1 Médico Especialista Completa III 36
1 Médico Especialista (Pediatría) Completa II 38
2 Médico Especialista (Pediatría) Parcial (6 hs) II 36
Servicios de Apoyo.
Radiodiagnóstico:
2 Médico Especialista (Radiología) Parcial (6 hs) II 36
Patología y Laboratorio Clínico:
1 Médico Especialista (Patología) Parcial (4 hs) II 36
Técnicos Complementarios:
1 Terapista Parcial (4 hs) III 22
1 Terapista (Ocupacional) Parcial (4 hs) III 22
1 Terapista (Lenguaje) Parcial (4 hs) IV 24
Farmacia y Despacho de Medicamentos.
1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Despachador) Completa III 14
4 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Despachador) Completa II 13
Atención Básica.
Equipo de Cuidado Odontológico:
1 Odontólogo General Parcial (6 hs) 36
Cooperación Asistencial:
1 Psicólogo Completa I 27
b) Crear les siguientes empleos:
Dirección.
1 Auxiliar de Servicios Generales Completa I 11
Recepción, Información y Registro:
3 Auxiliar de Servicios Administrativos Completa I 11
Atención Especializada.
Especialidades Quirúrgicas:
2 Médico Especialista (Cirugía Generali Completa III 38
3 Médico Especialista (Cirugía General) Parcial (6 hs) III 38
1 Médico Especialista (Oftalmología) Completa III 38
2 Médico Especialista (Otorrinolaringologíal) Parcial (6 hs) III 38
5 Médico Especialista (Ortopedia y Traumatología) Parcial (6 hs) III 38
2 Médico Especialista. (Urología) Parcial (4 hs) III 38
1 Médico Especialista (Neurocirugía- neurología) Completa III 38
1Médico Especialista Parcial (6 hs) III 38
1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería) Completa III 14
1 Auxiliar de Servicias Asistenciales (Enfermería) Completa III 13
Quirófanos y Salas de Parto:
3 Médico Especialista (Anestesiología Completa III 38
1 Médico Especialista (Anestesiología) Parcial (6 hs) III 38
1 Médico Especialista (Anestesiología) Parcial (4 hs) III 38
2- Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería) Completa III 14
Clínicas Médicas:
Médico Especialista (Medicina Interna) Parcial (6 hs) III 38
2 Médico Especialista (Medicina Interna) Parcial (4 hs) III 38
1 Médico Especialista (Dermatología) Parcial (4 hs) III 38
1 Médico Especialista (Psiquiatría) Parcial (5 hs) III 38
1 Médico Especialista (Fisiatría Completa III 38
1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería Completa III 14
Auxiliar de Servicias Asistenciales (Enfermería) Completa II 13
Especialidades Gineco-obstétricas y Pediátricas:
4 Médico Especialista t Gineco-obstetricia) : Completa III 38
2 Médico Especialista (Gineco-obstetricia) Parcial (4 hs) III 38
2 Médico Especialista (Pediatría) Completa III 38
2 Médico Especialista (Pediatría) Parcial (6 hs) III 38
1 Enfermero Completa II 20
2 Auxiliar de Servicios Asistenciales y Enfermería.) Completa II 14
2 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería) Completa II 13
Atención de Urgencias.
3 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería) Completa III 14
Servicios de Apoyo.
Radiodiagnóstico:
2 Médico Especialista (Radiología) Parcial (6 hs) III 38
Patología y Laboratorio Clínico:
1 Médico Especialista (Patología) Parcial (6 hs) III 38
4 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Laboratorio) Completa II 13
Farmacia y Despacho de Medicamento:
1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Farmacia) Completa III 14
4 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Farmacia; Completa II 13
Técnicos Complementarios:
1 Terapista (Ocupacional) Parcial (4 hs) II 20
1 Terapista (-Lenguaje) Parcial (4 hs) II 20
1 Terapista (Lenguaje) Parcial (4 hs) III 20
2 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Rehabilitación) Completa I 12
Atención Básica.
Equipo de Cuidado Odontológico:
1 Odontólogo General Completa 36
Cooperación Asistencial:
1 Psicólogo (Clínico Completa I 27

Adicionar el artículo 2° del Acuerdo número 100 de 1980, con los siguientes parágrafos:

"Parágrafo El Jefe de la División de Servicios de Salud, creado en el artículo 1° de este Acuerdo, además de las funciones propias de su empleo, asumirá las de Director de la Clínica del Instituto en Cúcuta".

"Parágrafo 7° Los Enfermeros de las diferentes Unidades prestarán la atención a los pacientes hospitalizados, por fuera de los turnos ordinarios, de acuerdo con la programación que para el efecto determine el Jefe de la División de Servicios de Salud.

Aéreas y unidades funcionales N° de cargos Denominación Dedicación Clase Grado
Equipo de Cuidado Médico:
2 Médico General Parcial (5 hs) 36
Equipo de Cuidado Odontológico:
1 Odontólogo General Parcial (4 hs) 36
b) Crear los siguientes empleos:
Atención Básica.
Equipo de Cuidado Médico:
2 Médico General Parcial (6 hs) 36
Artículo 4° Modificar parcialmente el artículo 3° del Acuerdo número 100 de 1980 por el cual se crean unos empleos en la Planta de Personal de la Seccional de Norte de Santander para el centro de atención de la localidad de Pamplona, en los siguientes términos:
Aéreas y unidades funcionales N° de cargos Denominación Dedicación Clase Grado
Equipo de Cuidado .Médico: Parcial (4 hs) 36
2 Médico General Parcial
b) Crear les siguientes empleas:
Atención Básica
Equipos tener unidad básico médico:
2 Médico General Completa 36
Equipos de Cuidado Odontológico:
1 Odontólogo General Parcial Parcial (4 hs) 36
1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Odontología) Completa I 12

El parágrafo 1 quedará así:

Parágrafo 1° Uno de les Médicos Generales o el Odontólogo General, cumplirá, además de las funciones propias de su profesión, las de Coordinador del Centro de Atención, por designación del Gerente Seccional.

Artículo 5° Modificar parcialmente el artículo 4° del Acuerdo número 100 de 1980, por el cual se crean unos empleos en la Planta de Personal de la Seccional de Norte de Santander, para el Centro de Atención de la localidad de Ocaña en los siguientes términos:

Los parágrafos 1 y 2° quedarán así:

Parágrafo 1° Uno de los Médicos Generales o el Odontólogo General c umplirá, además de las funciones propias de su profesión, las de Coordinador del Centro, por designación del Gerente Secciona

Parágrafo 2° Los Médicos Generales atenderán a les beneficiarios de manera integral; esta atención comprendo, además de la consulta médica general, la atención de partos, el control de los pacientes hospitalizados en la localidad y la atención de las urgencias durante la jornada ordinaria.

Artículo 6° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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