Por el cual se aprueba el Acuerdo número 144 de 1980 de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que modifica la planta de personal de la Seccional de Cundinamarca y Distrito Capital, con modificaciones
Artículo segundo. Los funcionarios actualmente vinculadas a la Planta de Personal, establecida por el Acuerdo número 110 de 1980.aprobado por el Decreto 416 de 1980, que al ser incorporados a la Planta de Personal de que trata este Decreto tengan una asignación básica superior a la fijada para el cargo al cual se van a incorporar, seguirán percibiendo esta remuneración mientras permanezcan en el empleo.
Artículo tercero. Para todos los efectos legales se entiende que no hay solución de continuidad para los funcionarios que en la fecha de aprobación de este Acuerdo estén laborando en la Seccional de Cundinamarca y sean incorporados a la Planta que se establece en este Decreto.
Artículo cuarto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E, a 8 de octubre de 1980.
JULIO CESAR TURBA'Y AVALA
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Laureano. Alberto. A rellano. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jaime García Parra. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila
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