por el cual se distribuye la partida para sueldos del personal y gastos varios del Instituto Politécnico para Señoritas, de Tunja

Rango Decreto
Publicación 1950-10-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De los fondos señalados en el Capítulo 88, artículo 1089 del Presupuesto Nacional vigente destínase la suma de $ 25.000 moneda corriente, para sueldos del personal, gastos varios y dotación del Instituto Politécnico para señoritas, de Tunja, en el año de 1950.
Artículo 2° La partida señalada en el artículo anterior, se disasi:
Para sueldos en 6 meses, julio a diciembre:
Mensual Total
Directora 400.00 2.400.00
Secretaria Habilitada 250.00 1.500.00
Capellán profesor de religión 100.00 600.00
Jefe de Disciplina profesora 220.00 1.320.00
Profesora celadora de internas 200.00 1.200.00
Profesora celadora de externas 180.00 1.080.00
Profesora de Música y Canto 80.00 480.00
Profesora de Educación Física 120.00 480.00
Profesora de Guarnición 80.00 480.00
Profesora de Modistería 90.00 540.00
Profesora de Tapetería 90.00 540.00
Profesora de Telegrafía 200.00 1.200.00
Profesora de Sastrería 80.00 480.00
Profesora de Encuadernación 60.00 360.00
Profesora de Flores y Bordados 40.00 240.00
Profesora de Dibujo 80.00 480.00
Profesora de Mantelería 80.00 480.00
Profesora de Mimbre 80.00 480.00
Profesora de Culinaria 20.00 120.00
Médico 100.00 600.00
Visitadora social 200.00 1.200.00
Almacenista 60.00 360.00
Portera 50.00 300.00
Ecónoma 50.00 300.00
Servicio doméstico, según distribución que haga la Directora 160.00 960.00
Suma $ 3.070.00
Profesorado externo, a $ 3.00 hora de clase 700.00
Suma $ 19.120.00
Para gastos varios en 6 meses, julio a diciembre: Para gastos varios en 6 meses, julio a diciembre: Para gastos varios en 6 meses, julio a diciembre: Para gastos varios en 6 meses, julio a diciembre:
Servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, jornales y demás gastos de la institución 600.00 3.600.00
Para compra de maquinaria, herramientas, instalaciones de talleres y demás gastos del Instituto 2.280.00
Total $ 25.000.00
Artículo 3° Las partidas correspondientes a sueldos y gastos varios se girarán y serán manejados por la Secretaria Habilitada del Instituto Politécnico de Tunja; las correspondientes a compra de maquinaria, herramientas, instalación de talleres, serán manejadas por el Contador pagador del Ministerio.

Parágrafo. La partida que debe aportar el Departamento de Boyacá, según contrato de nacionalización del mencionado Insdola a cubrir los demás gastos de sostenimiento del mencionado título, será distribuída por resoluciones del Ministerio, destinán plantel.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de agosto de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán Jaramillo OCAMPO -El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERA GARCES.

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