Por el cual se abre un crédito extraordinario a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, con destino al Ministerio de Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1927-03-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

Que el señor Ministro de Gobierno, formando al efecto el espediente respectivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 34 de 1923, ha solicitado del Consejo de Ministros la apertura de un crédito extraordinario de la Ley de Apropiaciones de la actual vigencia fiscal, destinado al pago de los sueldos del personal de algunos de los juzgados de Crédito creados por la Ley 68 de 1925 y a dar cumplimiento a la Ley 69 del mismo año, que sipone contratar especialistas extranjeros en el ramo penitenciario;

Que el expediente con tal objeto formado fue pasado en comisión para su estudio y correspondiente informe al señor Ministro de Correos y Telégrafos, el cual, de conformidad con el inciso 3° del artículo 33 de la Ley 34 citada, solicitó dictamen del Consejo de Estado, entidad que en Sala Plena lo rindió favorable y con aprobación anánime de sus miembros, y

Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 28 de enero último, aprobó la proposición con que términa el informe del señor Ministro de Correos y Telégrafos, y autorizó, en consecuencia, la apertura del crédito en referencia,

decreta:

Artículo 1° Abrese a la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1927, un crédito extraordinario por la suma de ochenta y nueve mil quinientos veinticuatro pesos ($ 89,524), que llevará ña siguiente imputación:
Artículo 2° El crédito que abre este Decreto implica un aumento de $ 89,524 al total de las apropiaciones para la vigencia fiscal en curso.
Artículo 3° En oportunidad y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 34 de 1923, se solicitará del Congreso la legalización de este crédito.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Salvador FRANCO.

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