Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Guerra)

Rango Decreto
Publicación 1959-01-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente de las que le confieren los Decretos legislativos 00164 de 1950 y 1599 de 1953 (Ley 2ª de 1958), y

CONSIDERANDO:

Que el Contralor General de la República expidió con fecha.... de diciembre del presente año, la certificación legal número.... sobre disponibilidad de las sumas que se contracreditan, y

Que se han observado todas las demás normas legales pertinentes, según aparece del expediente levantado al efecto,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE GUERRA

Contracréditos

CAPITULO 162

328. Del artículo 1648. Para gastos de sostenimiento y conservación de las Bases y dependencias de la Armada, en el año $ 250.000.00
Suman los contracréditos $ 250.000.00
Créditos CAPITULO 162 - Armada Nacional -
001. Al artículo 1630. Para sueldos, sobresueldos, profesorado, jinetas y primas de toda clase, en el año $ 250.000.00
Suman los créditos $ 250.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1958.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Rafael Delgado Barreneche

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya

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