Por el cual se concede una autorización a la Junta de Presupuesto y Administración del Ministerio de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1936-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

Que por Decreto número 1912 del corriente año, se distribuyó por parágrafos de un presupuesto privado el saldo de las apropiaciones del Ministerio para 1936;

Que el saldo distribuido tuvo variaciones apreciables en el mes que corre, por medio de traslados y cancelaciones, de reservas que fue necesario hacer;

Qué cursa en el Congreso un proyecto de ley que permitirá adicionar las apropiaciones en una cantidad aproximada de dos millones de pesos; y

Que en estas Condiciones es preciso hacer una nueva distribución de las partidas adicionales que le imprima legalidad a los acuerdos privados de gastos que para los meses de octubre, noviembre y diciembre, corresponde elaborar a la Junta de Presupuestos,

decreta

Artículo único. Autorízase a la Junta de Presupuestos y Administración del Ministerio de Guerra, creada por Decreto número 1867 del presente año, por todo el resto dé la vigencia en curso, para modificar las leyendas dé los parágrafos establecidos por Decreto número 1912 de 1936, y para crear otros nuevos, de acuerdo con las necesidades que la ejecución del presupuesto privado del Ministerio demande. Los resultados que se obtengan de esta autorización, servirán de base para que la Junta elabore el Decreto de presupuesto privado de 1937, con sujeción a la partida global que vote el honorable Congreso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de- noviembre de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Plinio MENDOZA NEIRA

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