Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Fuerzas de Policía)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
decreta:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
FUERZAS DE POLICIA
CAPITULO 182
Sección de Sanidad y Asistencia.
| 001. Del artículo 1809. Para pagar los sueldos del personal de la Sección de Sanidad, y de enfermos de lepra en el año | $ | 63.800.00 |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 63.800.09 |
CAPITULO 180
Comando.
| 001. Al artículo 1800 Para sueldos del personal del Comando de las Fuerzas de Policía, Organismos Especiales, Servicios Administrativas, y Estado Mayor, en el año | $ | 10.000.00 |
|---|---|---|
| 001. Al artículo 1801. Para sueldos del personal de las dependencias citadas, causados en años anteriores, pendientes de pago | 7.500.00 | |
| 001. Al artículo 1802. Para el pago de Primas de Actividad, de Alojamiento, Profesional, de Matrimonio y de Servicio, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores | 10.500.00 | |
| 001. Al artículo 1806 Para sueldos del personal de la Sección de Presupuesto, Contabilidad y Control de las Fuerzas de Policía y sus dependencias, en el año | 8.000.00 | |
| 001. Al artículo 1807. Para el pago de la Prima de Alojamiento al personal de empleados dé la Sección citada, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores | 7.800.00 |
CAPITULO 182
Sección de Sanidad y Asistencia.
| 001. Al artículo 1810. Para el pago de Primas de Actividad, de Alojamiento, Profesional, de Matrimonio y de Servicio, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores | 14.000.00 | |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ | 63.800.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1956.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
El Ministro de Comunicaciones, encargado del Despacho de Guerra,
Mayor General Gustavo Berrío M.
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