Por el cual se crea un cargo (Ramo de Carreteras Nacionales - Conservación)

Rango Decreto
Publicación 1955-10-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 88 de 1931,

DECRETA:

Artículo único. Créase, dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Fundación, el cargo de Ingeniero Ayudante, con asignación mensual de mil doscientos pesos ($ 1.200.00), que se pagarán con imputación a la partida apropiada en el Presupuesto vigente para gastos y sostenimiento de la mencionada Zona.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de octubre de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita A.

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