Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Frontino

Rango Decreto
Publicación 1948-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Frontino, distribúyense las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
Mensual. Total.
a) Capítulo 73, artículo 847.
Para sueldos en doce meses, enero a diciembre:
Directora 156 1.872.00
Habilitada 84 1.008.00
Enfermera 84 1.008.00
Ecónoma 66 792
Médico Profesor 84 1.008.00
Odontólogo Profesor 72 864
Granjero 48 576
Capellán 30 360
Servicio doméstico, según distribución que haga la Directora 81 972
Totales 705 8.460.00
b) Capítulo 73, artículo 848.
Alimentación en enero:
De 6 empleados internos, a $18.00 cada uno 108.00
Alimentación en once meses, febrero a diciembre:
De 50 alumnos becados y 12 empleados internos, a $ 23.00 cada uno 1.426.00 15.686.00
Enero a diciembre:
Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, drogas, dotación, deportes, transportes, reparaciones y demás gastos de la Colonia 767.16 9.205.92
Total 24.999.92

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de enero de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Educación Nacional,

Joaquín ESTRADA MONSALVE

Digitó: CC1.023.904.092

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