por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Salud, INS, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 2004-01-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Salud, INS, mediante Acta número 8 del 11 de noviembre de 2003, decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de la estructura del Instituto Nacional de Salud, INS,

DECRETA:

CAPITULO I

De la naturaleza jurídica, dirección, objetivos y funciones generales

Artículo 1°.Naturaleza jurídica. El Instituto Nacional de Salud, INS, es un establecimiento público del orden Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrito al Ministerio de la Protección Social; es integrante del Sistema de Salud y del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.

El Instituto tiene jurisdicción en todo el territorio nacional. Su domicilio sede de sus órganos administrativos principales, es la ciudad de Bogotá, D. C.

Artículo 2°.Dirección y administración. La dirección y administración del Instituto Nacional de Salud, INS, estará a cargo de un Consejo Directivo y de un Director General quien será el representante legal y agente del Presidente de la República de su libre nombramiento y remoción.
Artículo 3°.Objetivos. Como autoridad científico-técnica nacional en salud, el Instituto Nacional de Salud, INS, tendrá los siguientes objetivos:
Artículo 4°.Funciones generales. En desarrollo de sus objetivos y sin perjuicio de la competencia que le corresponde al Ministerio de la Protección Social y a los demás organismos del sector, el Instituto Nacional de Salud, INS, cumplirá las siguientes funciones:

CAPITULO II

De la estructura y funciones de sus dependencias

Artículo 5°.De la estructura. Para el cumplimiento de sus funciones el Instituto Nacional de Salud, INS, tendrá la siguiente estructura:

2.1 Oficina Asesora de Planeación y Sistemas de Información.

2.2 Oficina Asesora Jurídica.

2.3 Oficina de Control Interno.

8.1 Comisión de Personal.

8.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

Artículo 6°.Integración del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, INS, estará integrado por los siguientes miembros:

Parágrafo. El Director General del Instituto forma parte del Consejo Directivo, con derecho a voz pero sin voto.

El Secretario General del Instituto o quien haga sus veces, desempeñará las funciones de Secretario del Consejo Directivo.

Artículo 7°.Funciones del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, INS, cumplirá las siguientes funciones:
Artículo 8°.Dirección General. Son funciones de la Dirección General, las siguientes:
Artículo 9°.Oficina Asesora de Planeación y Sistemas de Información. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas de Información, las siguientes:
Artículo 10.Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes:
Artículo 11.Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:

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