Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 163.747.400.00

Rango Decreto
Publicación 1976-01-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación Nacional por $ 163.747.400.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto - ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 15 de 1975 por $ 5.226.848.800.00, correspondiente al mayor producto de las rentas globalmente consideradas del cual se utilizan $ 158.252.825.44 y del certificado de disponibilidad número 36 del superávit fiscal de 1974, por $ 823.602.101.01, del cual se utilizan $ 5.494.574.56 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975, en la cantidad de ciento sesenta y tres millones setecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos pesos ($ 163.747.400.00) moneda legal, que, con base en los certificados de disponibilidad números 15 y 36 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.

CAPITULO XI

Numeral 110 - C. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas (artículo 103 del Decreto - ley número 294 de 1973) $ 158.252 825.44
Numeral 115. Superávit fiscal de 1974 5.494.574.56
Suman los recursos $ 163.747.400.00
Artículo 2° Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:

Presupuesto de Inversión

CAPITULO 635

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Programa 636 - A

Participación del Impuesto de Ventas de los Departamentos.

609 312. Artículo 6365 - A. Participación de los Departamentos en el Impuestos a las Ventas, de conformidad con la Ley número 43 de 1975, para distribución por resolución ministerial que requerirá la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 163.747.400 00
Suma el crédito adicional $ 163.747.400.00
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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