por el cual se aprueba el Acuerdo número 040 de 1993, que establece la Estructura Interna y se determinan las funciones de las dependencias de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1993-12-31
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el literal b) del artículo 26 del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 040 del 16 de diciembre de 1993, por el cual se establece la Estructura Interna de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se determinan las funciones de sus dependencias, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 040 DE 1993

“por el cual se establece la Estructura Interna de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se determinan las funciones de sus dependencias”.

La Junta Directiva de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las que le confiere el artículo 18, literal d) del Decreto 2343 de 1971, modificado por el literal b) del artículo 12 del Decreto 2003 de 1984 y modificado por el literal d) del artículo 9° del Decreto 1774 de 1985,

ACUERDA:

CAPITULO I

De la Estructura Interna.

Artículo 1° La Estructura Interna de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, será la siguiente:

2.1 Oficina Jurídica.

2.2 Oficina de Control Interno.

5 Subdirección de Prestaciones Sociales.

CAPITULO II

De las funciones.

Artículo 2° La Junta Directiva y el Director General cumplirán las funciones establecidas para ellos en las disposiciones legales vigentes y en los estatutos de la Caja.

Las funciones de Secretario de la Junta Directiva estarán a cargo del Secretario General de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional.

Artículo 3° **Oficina Jurídica.** Son funciones de la Oficina Jurídica las siguientes:

Artículo 4° **Oficina de Control Interno.** Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes:

Artículo 5° **Oficina de Planeación e Informática.** Son funciones de la Oficina de Planeación e Informática:

Artículo 6° **Subdirección Financiera.** Son funciones de la Subdirección Financiera las siguientes:

Artículo 7° **Subdirección Administrativa.** Son funciones de la Subdirección Administrativa las siguientes:

Artículo 8° **Subdirección de Prestaciones Sociales.** Son funciones de la Subdirección de Prestaciones Sociales las siguientes:

De los Organos de Asesoría y Coordinación.

Artículo 9° **Comité de Licitaciones y Adquisiciones y Comisión de Personal.** Se integrarán y cumplirán sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.

Artículo 10. El presente Acuerdo deroga el Acuerdo 040 del 25 de noviembre de 1987, requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional y rige a partir de la publicación del decreto respectivo.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993).

El Viceministro de Defensa Nacional y Presidente de la honorable Junta Directiva,

(Fdo.) Juan Pablo Cabal Cabal.

El Secretario Junta Directiva,

(Fdo.) Luis Angel Montañez Guayabán”.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2531 de 1987.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias, a 31 de diciembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Comandante General de las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional,

General Ramón Emilio Gil Bermúdez.

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Jorge Eliécer Sabas Bedoya.

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