Por el cual se incorporan algunos funcionarios a la nueva Planta de Personal del Ministerio de Gobierno
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las conferidas por el ordinal 5º del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia.
DECRETA:
Artículo 1º De conformidad con el Decreto número 2662 de 18 de diciembre de 1973, incorpórase a la nueva Planta de Personal del Ministerio de Gobierno, los siguientes funcionarios:
| Nombre del empleado y denominación del cargo | Clase | Grado | Sueldo |
|---|---|---|---|
| Benjamín López Ramírez, Secretario General | III | 37 | 14.500 |
| Álvaro Iván Vargas C., Jefe Sección Personal | VI | 24 | 8.000 |
| Jorge Mesa Correa, Jefe Sección Servicios Generales | VI | 24 | 8.000 |
| Gabriel Jiménez, Jefe Oficina Jurídica | VI | 31 | 11.500 |
| Antonio J. Arango, Jefe Sección propiedad Intelectual y Publicaciones | VI | 24 | 8.000 |
| Carlos Morales Hendry, Director General de Integración y Desarrollo de la Comunidad | III | 36 | 14.000 |
| Ernesto Ramírez Forero, Subdirector de Integración y Desarrollo de la Comunidad | II | 30 | 11.000 |
| Alfonso Velasco Rojas, Jefe División de Programación y Capacitación | V | 29 | 10.500 |
| Fabio Martínez Cely, Jefe División Operativa Acción Comunal | V | 29 | 10.500 |
| Jaime Valencia Valencia, Jefe División Asuntos Indígenas | V | 29 | 10.500 |
| Álvaro Castro Bernal, Jefe Sección de Gestión Delegada | VI | 24 | 8.000 |
| Manuel Humberto Galán, Jefe Sección de Radiocomunicaciones | VI | 24 | 8.000 |
Artículo 2º Los funcionarios a que se refiere el artículo anterior, solo requerirán para su posesión la firma del Acta respectiva y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración, si hubiere lugar a ello, de conformidad con el Decreto número 2662 del 18 de diciembre de 1973.
Artículo 3º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales desde el primero (1º) de julio de mil novecientos setenta y tres (1973), para quienes hubieren ingresado con posterioridad a ella, a partir de la fecha de posesión.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de diciembre de 1973.
Misael pastrana Borrero,
El Ministro de Gobierno,
Roberto Arenas Bonilla.
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