por el cual se modifica y adiciona el Decreto 140 de 1994

Rango Decreto
Publicación 1994-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política como suprema autoridad administrativa,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 1ºdel Decreto 140 de 1994, el cual quedará así:

"A partir de la vigencia del presente Decreto y hasta el 8 de mayo de 1994, congélanse las Plantas de Personal de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales y Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden nacional».

Artículo 2º Adiciónase el artículo 2ºdel Decreto 140 de 1994, con los siguientes numerales:
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 1ºde febrero de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Gobierno,

FABIO VILLEGAS RAMIREZ.

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Jorge Eliecer Sabas.

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