por el cual se aprueba el Decreto número 887-bis, de 24 de julio de 1948, del Gobernador de Caldas

Rango Decreto
Publicación 1948-08-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el Decreto número 1646 de 1948,

DECRETA:

Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el Decreto número 887 bis, de fecha 24 de julio del año en curso, proferido por el Gobernador del Departamento de Caldas, que a la letra dice:

"DECRETO NUMERO 887-BIS DE 1948 (JULIO 24)

por el cual se adiciona el marcado con el número 785, de junio del corriente año, sobre personal de las oficinas públicas y sus asignaciones.

El Gobernador del Departamento de Caldas,

en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto ejecutivo número 1646 de 1948, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Incorpórase dentro del Decreto número 785 de 1948, el cargo de Almacenista de la Dirección de Educación Pública de Caldas, con un sueldo mensual de ciento diez pesos.

Parágrafo. Esta novedad afecta el Departamento de Educación.

Dado en Manizales, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y ocho.

Adolfo Pinzón Urdaneta, Secretario de Gobierno, encargado de la Gobernación. -Guillermo Mejía Angel, Secretario de Hacienda. -Víctor M. Giraldo, Secretario de Obras Públicas. -Javier Ramírez C., Secretario de Higiene y Asistencia Social. Fernando Duque Macías, Director de Educación Pública. -Gabriel Trejos Espinosa, Secretario de Esconomía."

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha.

Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1948.

Comuníquese y publíquese.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

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