Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 3.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974 facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 en el Ministerio de Defensa Nacional por $ 3.000.000.00:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto - ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 41 de 1975, por $ 3.000.000.00 para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975, con la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad número 41 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
CAPITULO XI
- c) Otros Recursos
| Numeral 110 - H. Consignación del Ministerio de Defensa | $ | 3.000.000 |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 3.000.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de Funcionamiento
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CAPITULO 178
Comando de la Armada Nacional
PROGRAMA 178
Operación Administrativa de la Armada
Gastos Generales
| 105 153 201 | Artículo 1805. Mantenimiento y aseguros | $ | 1.547.854 |
|---|---|---|---|
| 105 153 203 | Artículo 1806. Compra de equipo | 1.452.146 | |
| Suman los créditos adicionales | $ | 3.000.000 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1975.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya.
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