Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Contraloría General de la República, Departamentos Administrativos de Presidencia, Planeación, Seguridad y Ministerios de Relaciones, Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Defensa, Salud Pública, Desarrollo Económico, Educación Nacional y Obras Públicas), por $ 128.026.265.75

Rango Decreto
Publicación 1976-02-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos (internacionales de crédito;

Que los Departamentos Administrativos de Presidencia, Planeación, Seguridad y los Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Defensa y Obras Públicas, por medio de las Resoluciones números 325, 954, 2577, 2000, 14057, 14490, 14505, 14712, 9600 y 8711 del año en curso, declararon sobrantes las cantidades de $.286.000, $ 7.000.000, $ 120.000.00, $ 2.335.807.00, $. 103.831.000.00, $ 1.448.056.00, $ 400.0000.0, $ 5.480.000.00, 6.143.559.00 y, $ .981.843.75, respectivamente, con e l objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto - ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los certificados de reserva y disponibilidad números 118; 116, 117, 115, 111, 113, 114, 112 y 110 de 1975, y el Auditor de la Contraloría General de la República ante el Ministerio de Obras Públicas expidió el certificado de reserva y disponibilidad número 11 por valores de $ 286.000.00, $ 7.000.000.00, $ 120.000.00, $ 2.335.807.00, $ 103.831.000, $ 1.448.056.00, $ 400.000.00, $ 5.480.000.00, $ 6.143.559.00 y $ 981.843.75, respectivamente, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este - Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para 1a, tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:

AQUI PDF DIARIO OFICIAL 34482 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2 - 5.

Artículo 2° EL presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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