Por el cual se modifica la distribución de los fondos para la Escuela Normal del Chocó
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta
Artículo único. Modifícase la distribución hecha en el Decreto número 661 de 1936 de los fondos destinados para la Escuela Normal del Chocó, así:
- a) Rebájase en $ 137-50 la partida destinada para atender al pago del profesorado externo;
- b) Rebájase en $ 1,450-01 la partida destinada para pensiones alimenticias de cuarenta alumnos becados;
- c) Auméntase en $ 1,587-51 la partida destinada para mobiliario, útiles de escritorio, elementos para deporte, dotación general del establecimiento y demás gastos.
Parágrafo. Las partidas a que se refiere el presente Decreto figuran en las apropiaciones del artículo 270, capítulo 47, del Presupuesto de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de noviembre de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Darío ECHAN DIA
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