Por el cual se aprueba el Acuerdo número 292 de junio de 1984, emanado de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales

Rango Decreto
Publicación 1984-11-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Articulo 1° Aprobar el Acuerdo número 292 del 21 de junio de 1984 emanado de la Junta Administradora del Instituto, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 292 DE 1984

(junio 21)

Por el cual se modifica la estructura orgánica del Instituto de Seguros Sociales en el Nivel Local.

La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las funciones que le confieren los Decretos-ley 1650 y 1700 de 1977 y oído el concepto del Superintendente de Seguros de Salud, y

CONSIDERANDO:

Que en los planes y programas de desarrollo social y económico del Gobierno Nacional, en beneficio de las zonas marginadas se encuentra la región de Urabá;

Que se hace necesario contar con una Unidad Programática Zonal que facilite la organización y administración de los recursos para la prestación de los servicios correspondientes a los Seguros Sociales Obligatorios en la región;

ACUERDA:

Artículo 1° Adicionar el artículo 11 del Acuerdo número 023 del 26 de julio de 1978, en la siguiente forma:

Crear en la Seccional de Antioquia la Unidad Programática Zonal de Urabá, con número de identificación veintiséis (26), cuya jurisdicción comprenderá los Municipios de Chigorodó, Apartadó, Turbo y Carepa.

Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación de parte del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los veintiún (21) días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).

El Presidente,

(Fdo.) Helena Páez de Tavera.

La Secretaria,

(Fdo.) Marina Camacho de Samper"

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de noviembre de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Oscar Salazar Chávez.

El Ministro de Salud,

Amaury García Burgos.

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